El actor demandó a Siembras Seguros a fin que este permita el rescate de las sumas depositadas, respetando la moneda pactada –dólares estadounidenses-, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de emergencia y de la pesificación realizada por el Estado Nacional.
El juez de primera instancia hizo lugar a la solicitud del actor e impuso las costas a la demandada vencida, lo que provocó que Siembra Seguros interpusiera recurso de apelación. En su libelo se agravió de que no se hayan tenido en cuenta las defensas expuestas por su parte.
Sostuvo que el amparo fue presentado fuera de plazo legal y que además no es la vía idónea para discutir tan complejas cuestiones que requieren un tipo de proceso más amplio. Afirmó que debió haberse aplicado la teoría de la imprevisión y que la variación de la moneda es un riesgo que debe soportar el cliente.
Los jueces de alzada desecharon completamente el recurso de la demandada. Para fundar su decisión entendieron que aún cuando el amparo fue presentado más allá del plazo legal establecido por ley, el estado de incertidumbre que generó el dictado de una compleja diversidad de normas, justifica la tardanza del actor en hacer valer sus derechos.
Además, el tipo de proceso que quiera imprimirle a la cuestión el magistrado es privativa de su propia decisión e irrecurrible, denegando así la queja sobre el escueto marco del amparo.
Explicaron que teniendo en cuenta el profesionalismo de la demandada, la cual es una de las líderes mundiales en el sistema financiero, no puede invocar la teoría de la imprevisión, ya que debió haber realizado los estudios necesarios para saber si convenía o no comprometerse con sus clientes en dólares, riesgo que debe soportar la compañía.
Por ello, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó in totum la sentencia de primera instancia al entender que la demandada debió haber previsto los desequilibrios económicos que encontraron su desborde en la crisis económica del 2001, imponiendo las costas a la demandada vencida.