El letrado querelló al legislador porque Cavallo lo acusó de pertenecer a una organización mafiosa comandada por el difunto empresario Alfredo Yabrán y contar con la protección del ex ministro del Interior Carlos Corach. El artículo 70 de la Constitución Nacional establece que en caso que un senador o diputado sea querellado, el sumario será examinado en debate público y cada cámara del Congreso, con dos tercios de votos, podrá suspender al acusado y ponerlo a disposición del juez competente.
La ley Procesal Penal de la Nación prevé que, cuando se sigue una causa contra un legislador, no podrá dictarse su procesamiento hasta que se disponga su desafuero. Aunque en las querellas por calumnias e injurias no hay procesamiento del imputado, Literas consideró equivalente a tal pronunciamiento, a la citación a la audiencia de conciliación.