20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

Corrientes tendrá un Consejo sin políticos

Así lo aprobó la Convención Constituyente. Estará integrado por representantes del Poder Judicial, abogados y académicos. También se lo incluyó en la Constitución y se le dio una nueva función: la acusación contra los jueces. Además, se creó el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que sí tendrá representantes del Poder Legislativo. La obligación de que los jueces que lleguen a los 70 años deban realizarse un examen médico fue rechazada.

 
Finalmente, Corrientes tiene un nuevo Consejo de la Magistratura con status constitucional y sin representación política. Así lo aprobó este lunes a última hora la Convención Constituyente provincial que también creó el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

El Consejo estará integrado por el presidente del Superior Tribunal de Justicia (que será su titular), un juez o integrante del Ministerio Público, un abogado de la matrícula, el Fiscal de Estado y un profesor titular por concurso de una Facultad de Derecho perteneciente a una universidad pública estatal.

El Consejo ya funcionaba en Corrientes bajo una ley. Ahora fue incluido en la Constitución que está siendo reformada. Pero además al organismo se le sumó una nueva facultad: la acusación contra los jueces denunciados por mal desempeño de sus funciones.

El Consejo investigará a los magistrados denunciados (hoy en manos de la Cámara de Diputados) y podrá suspenderlo en su cargo y enviarlo a juicio político. El organismo seguirá manteniendo su función de selección de magistrados.

Los jueces acusados por el Consejo serán sometidos a proceso por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que fue creado también este lunes e incorporado a la Constitución. El jury sí contará con representantes políticos y estará integrado por: un ministro del Superior Tribunal de Justicia, un abogado, un juez, un profesor universitario, dos diputados de distintos partidos y un senador.

Para iniciar el juicio político contra un magistrado se necesitarán tres votos y para destituirlo el Jurado deberá reunir cuatro voluntades. Los integrantes del Consejo y del Jurado durarán en sus funciones dos años. El Jurado tendrá la facultad de enjuiciar a los jueces inferiores y los integrantes del Ministerio Público no así de los miembros del Superior Tribunal de Justicia, del Fiscal General, del Defensor General y del Asesor General, cuando se les impute la comisión de delito o mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.

Por otra parte, la Constitución le permitirá al Jurado poder inhabilitar al juez para el ejercicio de la función pública.

Respecto al Consejo, la decisión del lunes zanjó la diferencia entre un Consejo “técnico” o con representación política que mantuvieron la Unión Cívica Radical y el Partido Justicialista, ambos integrantes del oficialista “Frente para todos”. El peronismo quería un organismo con el 50 por ciento de representantes del Poder Legislativo. Por eso no apoyó el dictamen de mayoría.

El opositor “Frente Social” tampoco votó a favor de la nueva integración del Consejo ya que su postura era conformar un cuerpo con representantes de la ciudadanía y de los empleados judiciales como tienen otras provincias como Chubut o Entre Ríos.

Por otra parte, el artículo para que los jueces o integrantes del Ministerio Público que lleguen a la edad de 70 años deban someterse a un examen psicofísica para continuar en su cargo no fue aprobado. Esa propuesta formaba parte del dictamen de la mayoría de la Comisión de Régimen Electoral y Poder Judicial que además incluía la posibilidad de iniciarle un juicio político al magistrado. La Asociación de Magistrados había rechazado esa iniciativa.



dju / dju
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