24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Tucumán: invitan a los abogados a denunciar a los jueces

El Colegio profesional recordó que existe un registro para denunciar a los magistrados que no cumplen con los plazos que exige el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia. Lo hizo luego de que dos magistrados responsabilizaran a los letrados por presentar recursos. “Nosotros nos haremos cargo de los abogados que no cumplen las normas éticas pero que los jueces hagan lo propio con quienes no cumplen el artículo 52 del Código Procesal”, dijo el Presidente de la entidad.

 
El Colegio de Abogados de Tucumán les recordó a sus letrados que tienen abierto un registro para denunciar a los jueces que demoren la resolución de causas. El recordatorio surgió luego de que el presidente de la Corte Suprema provincial y el titular del Colegio de Magistrados responsabilizaran a los abogados por presentar recursos que paralizan los expedientes.

A través de e-mails, la institución les recordó a los abogados que sigue en funcionamiento el “Registro de Retardo de Justicia” que se abrió hace 10 años.

Por asamblea, hace 10 años se creó la Comisión de Juicio Político para ante una denuncia de particulares o abogados sobre una posible falta de un juez, pueda ponerse a investigar y después asesorar al Consejo Directivo si promueve un jury”, le explicó a Diariojudicial.com el presidente del Colegio de Abogados, Antonio Bustamante.

En ese marco, la Comisión abrió el registro para sentar denuncias por incumplimiento de los plazos procesales para dictar sentencia en concordancia del artículo 52 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de Tucumán, narró Bustamante.

El último párrafo del artículo establece que los jueces que no puedan dictar sentencia en los plazos fijados, “por recargo de tareas u otras razones atendibles”, “incurrirán en mal desempeño del cargo. Si esa circunstancia se repitiera por tres veces en el año calendario, el o los responsables, serán pasibles de su enjuiciamiento como magistrados”.

El mismo artículo señala que en casos de imposibilidad de cumplir los plazos, los jueces de primera instancia deberán informarlo a los magistrados de cámara con cinco días de anticipación del vencimiento. Por su parte, los integrantes de la alzada deberán hacer lo propio con los jueces de la Corte Suprema de Justicia.

Bustamante explicó que el aviso a los abogados sobre la existencia del registro se debió a las declaraciones publicas del presidente de la Corte Suprema, René Goane, y de la titular de la Asociación de Magistrados, Marta Jerez de Rivadeneira. Los magistrados habían señalado que las demoras en la resolución de causas se debían a la presentación de recursos que hacían los abogados.

“Nosotros nos haremos cargo de los abogados que no cumplen las normas éticas pero que los jueces hagan lo propio con quienes no cumplen el artículo 52 del Código Procesal”, apuntó Bustamante.

Si bien el registro existe hace una década, Bustamente afirmó que ninguna denuncia llegó a ser presentada para iniciar un juicio político y señaló que los letrados hacen más denuncias verbales. “Queremos que los abogados no realicen denuncias verbales sino que lo formalicen primero en el expediente y después en el registro”.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486