20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Santa Fe: los fiscales controlarán el cumplimento de las leyes vehiculares

El Procurador General instruyó a una fiscal de Rosario para que intervenga activamente en el “control del cumplimiento de las normas de tránsito”. El objetivo es reducir los accidentes que ubican a la provincia como la segunda del país en la que más hechos de este tipo se producen. Los representantes del Ministerio Público fueron facultados a iniciar las acciones legales que correspondan. TEXTO COMPLETO

 
El procurador general, Agustín Bassó, volvió a instruir a una Fiscalía de la provincia para que haga “una activa intervención en el control del cumplimiento de las normas de tránsito”, en virtud del caos vehicular que sufren varias ciudades, y a tomar “las acciones legales que correspondan” en caso de incumplimientos.

Las medidas surgen a partir de las estadísticas que ubican a Santa Fe como la segunda provincia en la que más accidentes de tránsito se producen por año, y en la hasta principios de noviembre de este año habían muerto por esa causa 589 personas, según datos de la ONG “Luchemos por la Vida”. “Las circunstancias descriptas nos indican que debe optimizarse el control vehicular para que se cumplan las normas legales vigentes”, explicó el Procurador.

Entre las infracciones más habituales se destacan bicicletas circulando a contra mano, ciclomotores y motocicletas transportando más personas que las permitidas, conductores y acompañantes en motos sin casco, falta de uso del cinturón de seguridad, uso de celulares mientras se maneja, etc.

La primera vez que el Procurador bajó la orden de investigar las conductas de tránsito fue el 21 de noviembre. Recayó en el Fiscal Nº 6 de la ciudad de Santa Fe, Carlos Romero. Ahora repitió la misma orden con la fiscal de Rosario Graciela Argüelles a quien Bassó facultó a que, en caso de incumplimiento de las normas de tránsito, “las acciones legales que correspondan, ejerciendo en plenitud las atribuciones y deberes que específicamente le asignan -en otros- los artículos 66 del Código Procesal Penal y 142 de la Ley N° 10.160”.

En su instrucción, Bassó destacó un informe del diario “La Capital” que da cuenta que en Rosario el 43 por ciento de los motociclistas no usa casco, que el 71 por ciento de las heridas son producto de esa ausencia. “El uso del casco no es voluntario, sino estrictamente obligatorio, estableciéndolo así la Ley Nacional N° 24.449, a la que adhirió nuestra provincia”, recordó.

Una situación similar vive la ciudad de Santa Fe. Un trabajo de la Revista Panamericana de Salud Pública sostuvo que de 4173 automóviles y 1013 motocicletas que se observaron entre el 2 y 4 de enero del año pasado en 13 sitios de la ciudad solo el 9 por ciento de los automovilistas usaban el cinturón de seguridad y el 12 por ciento de los motociclistas usaba casco.

“Al comparar estas observaciones con cinco registros anuales anteriores, se comprobó que en los últimos tres años disminuyeron los porcentajes de acatamiento de estas normas de tránsito. Los resultados de este estudio sugieren que la mayoría de los conductores de vehículos de la ciudad argentina de Santa Fe, viola las normas de tránsito”, concluyó la revista.

“Otras estadísticas nos indican que en las dos ciudades más importantes de la provincia, la mayoría de las actas de infracción confeccionadas en los últimos años tuvieron como objetivo castigar al automóvil detenido y la minoría a sancionar al automóvil en movimiento; sin embargo la casi totalidad de las muertes y lesiones se deben a vehículos en movimiento”, criticó el Procurador.

En la ciudad de Santa Fe, Bassó describió que hay una “situación de descontrol generalizado de las normas ordenatorias que presenta el tránsito vehicular”. Parte del desorden lo ubicó en que “el personal de la Dirección Municipal de Tránsito encargado de ordenar el tránsito vehicular en el radio céntrico de la ciudad, exclusivamente centra su actividad en dar el paso a una u otra de las arterias que cruzan la bocacalle con el único fin de liberar el tránsito vehicular por las mismas”.



dju / dju
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