20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Piden jury de enjuiciamiento para una jueza neuquina por malos tratos

Se trata de la titular del Juzgado Laboral N° 4 de la provincia, Elizabeth Rivero de Taiana. El sindicato de empleados judiciales la denuncia por supuestos maltratos y violencia laboral. El pedido ya fue presentado ante el Tribunal Superior, que en octubre suspendió a la magistrada hasta tanto se aclare la situación; ahora debe decidir la admisibilidad del jury. TEXTO COMPLETO

 
El Sindicato de Empleados Judiciales de Neuquén (SEJUN) presentó ante el Tribunal Superior de Justicia de la provincia un pedido de jury de enjuiciamiento contra la jueza en lo laboral Elizabeth Rivero de Taiana, denunciada por constantes maltratos y violencia laboral.

La titular del Juzgado Laboral N° 4 de Neuquén está acusada, entre otras cosas, de prohibir conversaciones entre empleados y funcionarios, no elevar a la cámara pedidos de licencia por estudio y de mantener entredichos y una relación de tensión con los abogados de la matricula.

“Los hechos que motivan la presente denuncia vienen reiterándose de manera continuada y sistemática desde principios de la década del noventa y consisten en el ejercicio insoportable de violencia laboral, autoritarismo y toda clase de irregularidades en el ejercicio de la función de magistratura por parte de la denunciada”, sostiene el pedido de SEJUN.

A raíz de ese cuadro, el Tribunal Superior decidió en octubre pasado suspender preventivamente a la magistrada. "No se estima conveniente la permanencia de Taiana en su juzgado", señaló el TSJ en el acuerdo. Esto, luego de varias medidas de fuerza de los empleados, que incluyeron paros y retención de tareas por diez días en el juzgado.

La presentación de SEJUN hace eco de ese hecho y sostiene “esa circunstancia no es menor dado que resulta excepcional que se tomen este tipo de medidas respecto de funcionarios o magistrados, lo que no hace mas que revelar la gravedad y continuidad de las faltas denunciadas”. Ahora, es el mismo Tribunal Superior quien debe admitir el pedido de jury de enjuiciamiento.

La denuncia, también indica que la conducta de la jueza “conspira en la actualidad para la conformación de un grupo de trabajo armónico que permita satisfacer adecuadamente el servicio de justicia”. Mientras que agrega que “la denunciada habitualmente exige a los empleados acciones que van mas allá de su función o tarea dentro de la dependencia”, como por ejemplo obligar a utilizar determinado atuendo bajo apercibimiento de prohibirle el ingreso al juzgado a una empleada, o compeler a los empleados a que escuchen, tomados de la mano, cintas de audio con contenido religioso o místico.

Además, los representantes de SEJUN remarcaron que la conducta de la jueza se viene reiterando desde 1992 y recordaron en 1995 hubo intenciones de iniciarle el jury por las mismas causales. En tanto que se remitieron al sumario administrativo caratulado: "ELISABETH RIVERO DE TAIANA S/SUMARIO" (Expte. N° 3262 año 2004), donde existen más de 15 cargos contra la magistrada.

En cuanto al maltrato, los denunciantes sostienen que la magistrada no sólo descalifica permanentemente al personal, sino que también arroja expedientes, patea las sillas a los empleados, se burla de los problemas personales, “lo que genera todo tipo de humillaciones en las personas que trabajan o frecuentan el juzgado laboral 4”.

“Se puede concluir que la denunciada ha hecho de la violencia laboral y del autoritarismo un sistema perverso de relación para con su entorno comprometiendo de esta forma el servicio de justicia y la salud y condiciones de trabajo de los empleados, lo que a todas luces es causal de remoción”, finaliza el escrito de SEJUN.

Ahora, si el Tribunal Superior declara la admisibilidad del pedido, el caso pasará a la Legislatura provincial y allí se constituirá el jury, integrado por dos abogados, dos diputados, el presidente y dos vocales del TSJ.

En Neuquén, para los jueces de primera instancia y de cámara existe el Jury de Enjuiciamiento para evaluar sus conductas, mientras que el Juicio Político es un instituto reservado para el desempeño de los miembros del Máximo Tribunal.

dju / dju
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