20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Matrimonio frustrado, responsabilidad compartida

“Resulta sumamente difícil, sino imposible, determinar cuál de los cónyuges es el responsable de la frustración del proyecto matrimonial”, dijo la Cámara Civil al analizar una causa de separación. El tribunal analizó el entramado de una disputa de divorcio. Habló sobre el entorno familiar de la pareja y de cómo los motivos que llevaron a la causal de divorcio fueron producto de un conflicto entre los cónyuges. FALLO COMPLETO

 
Los jueces Carlos Carranza Casares, Beatriz Areán y Carlos Alfredo Bellucci, integrantes de la Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en autos caratulados “S.A.F. c/ C.J.L. s/ divorcio”, hicieron un extenso análisis sobre la complejidad que presentan las causas de divorcios por lo arraigadas de las problemáticas que lo generan y en donde no hay una culpa exclusiva de una sola de las partes.

“Resulta sumamente difícil, sino imposible, determinar cuál de los cónyuges es el responsable de la frustración del proyecto matrimonial que se concreta en unas causales legales de divorcio cuya demostración sólo suele constituir alguno de los síntomas visibles del deterioro matrimonial”, dijeron los camaristas al comenzar a analizar las quejas vertidas por la mujer respecto al fallo de primera instancia que decretó el divorcio de su matrimonio.

Los magistrados señalaron que los conflictos en un matrimonio no son individuales sino de relación producto de la convivencia. “En la realidad de la vida es muy difícil determinar quién es el culpable o el inocente porque el comportamiento de cada cónyuge suele ser una reacción a la conducta del otro”, agregaron.

Por eso pusieron como ejemplo las causales que se dieron en el divorcio de autos para señalar que “no existe el caso de aquel que alegremente incurre en adulterio o en ofensas; ello siempre se da en medio de un espectro de zonas grises donde los destinos e infidelidades rodean más la confusión de lo trágico que modos apolíneos, generadores de respuestas jurídicas”.

En ese marco, los jueces entendieron que “no hay una causalidad adecuada entre el hecho del autor y el daño” ya que intervienen factores de los cónyuges o de la familia de ambos.

“No se trata de eliminar la responsabilidad individual, sino de que en la interacción íntima conyugal existe la dificultad o imposibilidad de determinar cuál es la real responsabilidad que cupo a cada uno de los esposos en el desencadenamiento de los hechos por los cuales se ha declarado el divorcio o la separación personal”, sostuvieron los magistrados.

También hicieron referencia al divorcio como la perspectiva futura que espera a cada miembro de la pareja, sobre todo cuando hay hijos: “El divorcio, antes que servir para que los cónyuges, mirando hacia su pasado traten de atribuirse las causas del fracaso de su unión, debe constituirse en el remedio para evitar que una convivencia imposible perdure cuando ésta no es testimonio de unidad familiar”.

Todo esto fue dicho en una causa por divorcio a la que se hizo lugar por culpa de ambos cónyuges. A la actora se la responsabilizó de abandono voluntario y malicioso del hogar y ahora ex marido de injurias graves.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486