18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Córdoba refuerza el fuero Laboral

El Tribunal Superior de la Provincia dispuso que los juzgados de Conciliación tengan nuevamente dos secretarías. El objetivo es hacerle frente al “marcado crecimiento cuantitativo y cualitativo del litigo laboral”, según indicaron las autoridades, que atribuyen el aumento a la gran cantidad de demandas promovidas con fundamento en la Ley de Riesgos del Trabajo. TEXTO COMPLETO

 
Los ocho juzgados de Conciliación de la Ciudad de Córdoba, desde este jueves, vuelven a contar con dos secretarias. Así los dispuso el Tribunal Superior de la provincia, que de esta manera decidió reforzar el fuero laboral para hacer frente a la gran cantidad de demandas iniciadas con fundamento en la Ley de Riegos del Trabajo.

La acordada 934/08 sostiene que la justicia del trabajo cordobesa “presenta un marcado crecimiento cuantitativo y cualitativo del litigo laboral”, por lo que volvió a habilitar las ocho secretarias de los juzgados de Conciliación de la Primera Circunscripción Judicial que habían sido suprimidas en abril 1998. A partir de esa fecha los tribunales funcionaron con una sola secretaria.

Las autoridades encuentran las razones del aumento de demandas en dos cuestiones: la primera se refiere a las consecuencias del fallo “Castillo” de la Corte, donde se le quitó a la Justicia Federal competencia en materia laboral y las causas pasaron a los juzgados provinciales, dando lugar al inicio de una mayor cantidad de juicios.

La segunda causa se centra en la gran cantidad de reclamos hincados con fundamento en la Ley de Riesgo del Trabajo. Ello, en parte, como desprendimiento del fallo “Aquino”, donde el Máximo Tribunal del país declaró inconstitucional la prohibición (establecida en la norma) al trabajador para recurrir a la vía civil en caso de no estar de acuerdo con el resarcimiento que le otorgaba la ART.

“Los generosos y pródigos esfuerzos de magistrados, funcionarios y empleados no han resultado suficientes para colmar con total eficacia un nivel de aceptación que se demanda del servicio de administración de justicia laboral”, expresa la acordada firmada por los jueces Armando Andruet, Aída Tarditti, Luis Rubio, María Blanc G. de Arabrel y Carlos García Allocco.

Los secretarios que ocuparán las nuevas oficinas fueron designados durante 2007, quienes hasta el martes se desempeñaron en las secretarías en actividad. Pero ahora, con el espacio físico en el “Palacio de Justicia I” de Córdoba y la posibilidad presupuestaria de nuevo personal, el TSJ dispuso el reestablecimiento de las secretarias suprimidas en su oportunidad.

Cómo funciona la justicia laboral en Córdoba

El proceso laboral en Córdoba está regulado por la ley de Procedimiento Provincial 7987. Para los juicios ordinarios, el procedimiento es de instancia única, a pesar que tiene dos jueces que dirimen la cuestión: el juez de Conciliación y los jueces de la Cámara del Trabajo.

El juez de Conciliación es el primero que tomará conocimiento del conflicto y tiene como función principal conocer en la “conciliación” de las partes, interviniendo activamente para lograr un acuerdo. De no producirse la mediación, el magistrado, como función secundaria, se ocupará de instruir la causa para que la Sala de Cámara del Trabajo dicte sentencia sobre el conflicto.

dju / dju
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