El recurso, de más de un centenar de carillas, fue presentado por el Procurador del Tesoro Ernesto Marcer, en relación a los fallos de tres salas de la Cámara Laboral en las primeras horas tras el reinicio de la actividad judicial luego de la Feria.
Además, destaca la "inexistencia de causa judicial y la falta de agotamiento de la instancia administrativa".
En su presentación, el ejecutivo resalta "la improcedencia de la vía del amparo" a través de la cual se resolvieron las medidas cautelares en decenas de presentaciones efectuadas por trabajadores de distintos gremios estatales, al sostener que "las características del caso exigen el estudio de diferentes situaciones que no pueden realizarse en el reducido ámbito" de ese tipo de recursos.
También sostiene que "la intangibilidad del sueldo del empleado público no está asegurada por ninguna disposición constitucional y que no existe, por ende, un derecho adquirido a mantener el nivel de la remuneración futura sin variantes y en todas las circunstancias", conforme lo decidiera la Corte Suprema, al ratificar el decreto 290/95 por el cual el gobierno anterior dispuso un recorte en los sueldos estatales.
Por otra parte, considera "errónea" la calificación de inconstitucional por parte de la Cámara Laboral, ya que, por el contrario "el decreto 430 --según advierte-- no debe ser apreciado frente a los trabajadores presuntamente representados por los sindicatos actores, como un decreto de Necesidad y Urgencia sino, antes bien, como un acto cuya norma fundante son las leyes 23.928 y 25.152" en tendiendo que "por cuyo conducto se procura facilitar el cumplimiento de aquellos que el Poder legislativo ha ordenado".
Asimismo, se "impugna la sentencia dictada, en tanto se trata de un auto interlocutorio con efecto de sentencia definitiva que torna inútil la prosecución del trámite del amparo", ya que "el objeto de la cautelar es idéntico al fondo".
Por esa razón advierte que la Cámara ha dictado sentencia en cuanto al fondo de la cuestión, razón por la cual la Corte "debería resolver concretamente sobre la validez del decreto".El Ejecutivo, advierte que "tratándose de una medida anticipatoria del tenor de la dictada, la demostración de la certeza del dañó irreparable era condición insoslayable, y el tribunal , en lugar de resolver sobre la base de la certeza del dañó que se intenta reparar, confirmó una cautelar fundada, paradojalmente, en la verosimilitud del dañó".
Respecto de la incompetencia del fuero del trabajo, sostiene que "la actora demando la nulidad absoluta y la inconstitucionalidad del decreto 430/00 alegando que el Poder Ejecutivo había excedido sus facultades, correspondiendo en consecuencia la competencia del fuero contencioso administrativo", en el cual el juez Sergio Fernández falló en favor de la validez de la norma.