28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

En busca de un Código unificado

El Ministerio de Justicia creó a través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, una comisión que elaborará un proyecto de unificación del Código Civil y Comercial. Estará integrada por jueces de la Corte Suprema, dos miembros de cada Cámara del Congreso Nacional y otros magistrados de Superiores Tribunales y contará con un plazo máximo de un año para elaborar el texto de la ley. La última vez que el Parlamento aprobó una iniciativa referida al tema fue en 1991, pero el Poder Ejecutivo la vetó. TEXTO COMPLETO

 
El Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos publicó este viernes en el Boletín Oficial la resolución por la que se crea la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización y Unificación de los Códigos Civil y Comercial.

Tendrá un año para elaborar un proyecto de ley que busque la integración de los dos cuerpos legales en uno.

La comisión estará integrada por los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dos miembros de la Cámara de Diputados y dos de la Cámara de Senadores además de un magistrado de la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las provincias.

El decreto sostiene “la necesidad de proceder a actualizar la legislación nacional en materia de derecho privado” se produce “porque en los últimos años se generalizó la idea de la unificación de los Códigos Civil y Comercial, porque la realidad misma fue imponiendo estos criterios y fue necesario afirmar la existencia de un derecho privado comprensivo de ambos sistemas”.

La medida del Ministerio de Justicia se basa en los artículos 2 y 3 de la Ley 340 como fundamento para modificar a futuro el Código Civil.

El artículo 2 establece que “la Suprema Corte de Justicia y Tribunales Federales de la Nación darán cuenta al Ministro de Justicia, en un informe anual, de las dudas y dificultades que ofreciere en la práctica, la aplicación del código, así como de los vacíos que encontrasen en sus disposiciones para presentarlas oportunamente al Congreso” y el 3 coloca como encargado al Poder Ejecutivo de “recabar de los Tribunales de Provincia, por conducto de los respectivos Gobiernos, iguales informes para los fines del artículo anterior”.

“Es conveniente que haya una reforma integral para que haya coherencia entre una Código y el otro ya que sucede muchas veces que se modifica un artículo y esto genera una incoherencia con lo que estipula otra norma”, afirmó el presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, Luis Cigogna.

Otro de los puntos planteados por el decreto es la necesaria consideración de “los procesos de integración y las codificaciones de la región, puesto que sería deseable promover cierta armonización en los aspectos fundamentales”.

En julio de 1987, la Cámara de Diputados de la Nación le había dado media sanción a la iniciativa de la unificación de los Códigos que terminó por convertirla en ley el Senado en noviembre de 1991. Sin embargo, en diciembre de ese año, la Ley 24.032 fue vetada por el presidente Carlos Menem. Sin embargo, luego en 1995 el mandatario envío al Congreso un proyecto también de unificación de ambos Códigos, cuyo texto era igual al vetado previamente.

Entre los puntos que contemplaba el proyecto aprobado por el Congreso estaban incluidos: la creación de un sistema integral de derecho privado así como importantes reformas en la temática de personas, régimen societario, contratos, obligaciones, derechos reales, régimen de contabilidad, compraventas y normas relacionadas con el régimen bancario.

También agregaba las modalidades de leasing y joint ventures , mantenía la distinción tradicional entre personas físicas y jurídicas e incluía el sistema de “propuestas diferenciales” para acreedores..

Luego del veto del Poder Ejecutivo, la Cámara de Diputados creó en agosto de 1992 una subcomisión dentro de la Comisión de Legislación General, que sería la asesora encargada de proyectar las reformas y la unificación civil y comercial. La Comisión emitió un dictamen impreso en julio de 1993 que fue aprobado en el recinto en noviembre del mismo año, pero el Senado nunca trató el proyecto.

En 1999 el Poder Ejecutivo ingresó nuevamente en la Cámara Baja un proyecto de ley para la integración de los dos Códigos, pero no fue aprobado por el Congreso. Este proyecto había sido elaborado por un conjunto de juristas que también había viajado a los tribunales de las diferentes provincias para que emitan su opinión y sus consejos sobre esta reforma, pero la iniciativa no había sido consultada ni con las Asociaciones de Magistrados ni con los Colegios Profesionales.

La reforma que mayor importancia tuvo hasta el momento en el Código Civil fue la que se introdujo en 1968 a través de la ley 17.711 y que incluyó entre otros elementos, la responsabilidad objetiva, el abuso del derecho, la teoría de la imprevisión y la lesión subjetiva.



dju / dju
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