20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Divorcios comunitarios

Varios países miembros de la Unión Europea implementarán una inédita iniciativa, que busca facilitar el trámite de divorcio en parejas de distinta nacionalidad o que viven en un país extranjero. Además, se prevé la posibilidad de que los cónyuges elijan el tribunal y la ley del divorcio que se aplicará en su caso. En caso de desacuerdo, primará el principio de la territorialidad.

 
Ocho países de la Unión Europea, anunciaron que lanzarán un procedimiento para cooperar entre ellos en el reconocimiento mutuo de las sentencias de divorcio, y facilitar el trámite a parejas de distinta nacionalidad o que viven en un país extranjero.

La cooperación reforzada, supone que al menos que ocho Estados miembros comienzan a aplicar las medidas entre sí, existiendo la posibilidad de su posible extensión al resto de la Unión Europea.

La inédita normativa, busca regular la legislación actual de leyes matrimoniales, intentando llegar a una posición más uniforme entre los Estados europeos, permitiendo a los cónyuges de distintas nacionalidades escoger la ley aplicable a su divorcio.

Hasta ahora, cuando las parejas de nacionalidades distintas querían divorciarse, buscaban la legislación que más les convenía. El conflicto se generaba cuando no se ponían de acuerdo. Para ello, se propuso criterios basados en la territorialidad. Primero, se dará prioridad a la normativa del país de residencia habitual. Si ya no viven juntos, a la del último estado de residencia conjunta.

La iniciativa contempla adicionalmente, la condición de que los tribunales europeos no apliquen ninguna ley de divorcio que discrimine por razones de sexo o no garantice otros derechos, aunque las partes así lo hayan pactado.

Hasta este momento, cada país de la Unión Europea tenía su propia norma de conflicto. Tomando un ejemplo, en España, en caso de divorcios mixtos, el Código Civil establece que cuando una pareja es extranjera de la misma nacionalidad, se aplicará la ley de su país de procedencia. Si los cónyuges son de distintas nacionalidades, prima la ley del lugar de residencia. Esta disposición se contradice con otras legislaciones del bloque europeo. Es por ello, que se creo esta nueva directiva, con el objetivo de armonizar las normas sobre la materia en los diferentes Estados miembros.

Sin embargo, de los 27 países de este órgano supranacional, sólo 8 estuvieron de acuerdo en la inminente aplicación de la misma, entre los que se encuentra España, Grecia, Rumanía, Eslovenia, Austria, Italia y Luxemburgo.

Por su parte, Suecia se opuso a la propuesta, argumentando que el nuevo reglamento podría suponer la aplicación a sus ciudadanos de una ley más restrictiva que la propia de ese país. Se enfatizó a su vez, que se quiere evitar que, en el caso de mujeres jóvenes inmigrantes que residen en el país nórdico, puedan ser presionadas para aceptar sistemas jurídicos menos favorables a ellas.

También estuvieron en contra de la propuesta Portugal, Holanda y Finlandia, debido a que consideraron que la iniciativa divide a la Unión Europea en materia de derecho familiar.

En la Unión Europea, se celebran cada año 170.000 divorcios entre parejas de distintas nacionalidades, lo que equivale a un 20% del total, habiendo Estados como Luxemburgo, que esa cifra alcanza un 50%. En relación a ello, el ministro español de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, expresó al respecto que “esta cooperación ayudará a resolver la inseguridad jurídica que afrontan muchas parejas y familias acerca de cuál es la ley aplicable a su proceso de divorcio.”



dju / dju
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