26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Penas para el vaciamiento de empresas de servicios públicos

En coincidencia con la discusión que se llevó cabo en el Senado sobre la reestatización de Aerolíneas Argentinas y quiénes son los culpables del fraude cometido dentro de la compañía, diputados encabezados por el kirchnerista Ariel Pasini presentaron un proyecto de ley que pretende retomar la figura del delito de “vaciamiento de empresa”, previsto en la derogada ley 20.840 de Subversión Económica.

 
Con una coyuntura en la que no sólo se discute la nacionalización de Aerolíneas Argentinas, sino que también se habla sobre los posibles culpables del vaciamiento de la compañía, varios diputados, encabezados por el kirchnerista Ariel Pasini, presentaron un proyecto de ley para endurecer las penas para quienes cometieran los delitos de quiebra fraudulenta y de agotamiento de los recursos de las empresa que provean de una servicio público.

En coincidencia con la entrada en la Cámara Baja de esta iniciativa, las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Infraestructura, Vivienda y Transporte del Senado reciben este lunes a tres integrantes del Grupo Marsans para tratar el proyecto de reestatización de la compañía aérea.

La propuesta que además fue firmada por los diputados que encabezan las comisiones de Legislación Penal, Nora César y Justicia, Luis Cigogna, prevé una serie de modificaciones a los artículo 174 y 180 Código Penal de modo tal que se vean aumentadas las condenas hacia quienes “vaciaren” las empresas cuyos servicios sean de carácter público y más aún si en ese caso los autores de delito fueran funcionarios o empleados públicos.

Entre los puntos destacados del proyecto, sus autores reclaman la reforma del Código tras la derogación en junio del 2002 de la Ley 20.840 que se refiere a las penalidades para las actividades subversivas en todas sus manifestaciones que se relacionan con la Seguridad Nacional. La ley 25.602 vino a reemplazar la norma antedicha al reformar los artículos sobre los que reflexiona la iniciativa que se presenta.

La propuesta de los diputados recuerda entre sus fundamentos el decreto del 1059 del 2002 firmado por el entonces presidente argentino Eduardo Duhalde que había vetado el artículo 174 bis, que castigaba la conducta de quien culposamente realizase alguna de las conductas previstas en el inciso 6 de dicho artículo, con el argumento de que "quebraría una tradición del Derecho Penal argentino en el sentido de no incluir las figuras imprudentes en delitos patrimoniales".

“Con fundamento en la imprecisión de la conducta endilgada, la ley 25.602 prescindió de considerar conducta típica el "enajenar indebidamente" y "comprometer injustificadamente el patrimonio", pero lo cierto es que la nueva norma (art. 174), no reemplaza estas expresiones por otras, sino que lisa y llanamente deroga la punibilidad de estas conductas”, afirman los firmantes de la iniciativa.

“La ley 25.602 ha desincriminado en exceso o disminuido la penalidad de este tipo de acciones, reduciendo irrazonablemente la intervención punitiva estatal en el ámbito de acciones socialmente muy dañosas, baste como prueba de esa dañosidad la actual situación de la empresa Aerolíneas Argentinas”, señalan los legisladores.

El 12 de agosto, legisladores nacionales informaron que presentarían una denuncia penal contra funcionarios del Gobierno y el Grupo Marsans por el presunto vaciamiento de la empresa Aerolíneas Argentinas y pedirán que se investigue la presunta administración fraudulenta de los directores del Estado nacional e incumplimiento de los deberes de funcionario público del secretario de Transporte, Ricardo Jaime, porque al violar las funciones de fiscalización y control habría permitido el desmanejo del grupo español.



dju / dju
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