20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Jubilaciones: otro frente legal

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la generación de un Informe Periódico de Aportes, en el marco del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), mediante el cual se notificará el estado de los aportes a los afiliados. Mientras tanto, se espera que con la reglamentación de la ley 26.425 comience otro estado de conflicto judicial con respecto a los aportes voluntarios. TEXTO COMPLETO

 
En el ámbito judicial la respuesta a los amparos presentados por quienes pertenecían a las AFJP en su mayoría desestima las medidas cautelares pretendidas por los ex afiliados.

Además, no hubo fallos de alzada todavía, excepto el que desestimó días atrás la apertura de la feria judicial considerando que el reclamo “no alcanza todavía en esta etapa temprana de la litis para tipificar algún daño o la presunta frustración de un potencial derecho subjetivo privado sobre los aportes”.

No obstante lo cual, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya comenzó con el trabajo concreto de manejo de las cuentas de los ahora pertenecientes al SIPA.

“Es decisión institucional brindar una creciente calidad de servicio al ciudadano que asegure que los mismos cuenten con la información necesaria para conocer su situación frente al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)” dice la resolución 43/2009 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Con esto se genera el IPA (Informe Periódico de Aportes) mediante el cual el gobierno a través del Anses informará el estado de los aportes jubilatorios a todos los afiliados del SIPA.

Estos informes “tendrán una periodicidad cuatrimestral siempre que se registren movimientos por aportes, en caso contrario, se enviará un documento anual” establece la resolución.

En otro orden de cosas, y siguiendo con las aristas judiciales, ronda la posibilidad de que con la reglamentación de la ley 26.425 y si el gobierno devuelve los aportes voluntarios de casi 90 mil empleados a valores congelados al mes de noviembre podrían iniciarse más demandas.

Esto teniendo en cuenta que los aportes voluntarios en la ley 26.425 en su articulo 6 explicita que “los afiliados al régimen de capitalización que hubieran ingresado importes en sus cuentas de capitalización individual bajo la figura de “imposiciones voluntarias” y/o “depósitos convenidos” y que aún no hubieran obtenido un beneficio previsional, podrán transferirlos a la Administración Nacional de la Seguridad Social para mejorar su haber previsional”.

Aunque también dice la ley que la reglamentación fijaría el destino de lo ahorrado y que tanto los aportes voluntarios como los depósitos convenidos quedaban eliminados en el futuro.

La posibilidad de las demandas futuras depende de la reglamentación de la ley, ya que si se devuelven los aportes voluntarios al valor anterior que poseían, los ex afiliados comenzarían demandas para reclamar la diferencia.

El nuevo escenario ya esta planteado, mientras el gobierno sigue avanzando en la aplicación de la ley, los titulares de las cuentas de capitalización, presentan amparos o esperan el momento adecuado para iniciar demandas por los aportes voluntarios.



dju / dju
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