Esas causas estarán a cargo de un juez de transición o uno en lo Criminal y Correccional – que fueron disueltos por la ley 13.941 – hasta su finalización. “Determinar que su organización dependerá de la realidad local en cuanto a la cantidad de causas pendientes de resolución, para lo cual la Secretaría de Planificación y la Subsecretaría de Control de Gestión deberán elevar a la Presidencia de este Tribunal un informe dentro de los próximos 10 días”, dispuso la Suprema Corte en su resolución dictada el 18 de marzo.
El Máximo Tribunal estableció como fecha tope para resolver las causas el 31 de diciembre de este año y dispuso que la Subsecretaría de Control de Gestión efectué un seguimiento de los expedientes.
La medida había sido aplicada anteriormente en algunas jurisdicciones judiciales de la provincia como San Isidro, Quilmes, Mercedes, Dolores y Bahía Blanca, por lo que para lograr un “mejor aprovechamiento de los espacios y de las capacidades del personal”, la Suprema Corte consideró “conveniente extender la citada experiencia a todos los Departamentos Judiciales en que el número de procesos lo justifique, reordenando en su caso los espacios físicos y los recursos materiales existentes”.
“Que la Secretaría de Planificación ha recopilado información sobre el funcionamiento de los Juzgados de Transición desde el año 1998 y ha producido informes donde, a partir de los estudios realizados, recomendó la adopción de diferentes medidas. Así, en el año 2003, este Tribunal convocó a los titulares de los órganos con mayor cantidad de causas para fundamentar los motivos del cúmulo de expedientes, disponiéndose además inspecciones en algunos casos”, explicó el Máximo Tribunal.
Los juzgados de Transición fueron disueltos por la ley 13.941, que fue promulgada el 22 de enero pasado y dispuso el fin de esos tribunales en 90 días. Pero la Suprema Corte instó a que la Legislatura a que dicte una prórroga del plazo. El Máximo Tribunal también había encomendado la profundización del análisis de las causas que se tramitaban en esas dependencias.
“Que la solicitud de prórroga en la aplicación de la Ley 13941, que cuenta con trámite parlamentario, tiene por finalidad lograr una eficiente instrumentación de la misma, sin resentir el servicio de justicia”, explicaron los jueces.
Los magistrados sostuvieron que “tramitan aún causas, fundamentalmente en algunos departamentos judiciales” por lo que “resulta conveniente continuar impulsando la conclusión de estas causas en el menor tiempo posible, resultando necesario controlar detalladamente el estricto cumplimiento del avance del trámite de las causas referenciadas”.
La resolución fue firmada por los jueces Juan Carlos Hitters, Luis Genoud, Hector Negri, Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria.