20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

La casa se reserva el derecho de admisión y permanencia

El Ministerio de Justicia y la AFA firmaron un convenio para que sea el Estado, junto con los clubes, el encargado de ejercer el derecho de admisión en los estadios de fútbol. Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 838/2009 que lo pone en marcha. En él se aclara que el acuerdo “no implica la renuncia de las obligaciones y derechos que como organizadores poseen los clubes”.

 
El martes pasado se oficializó el convenio entre el Ministerio de Justicia, la Asociación del Fútbol Argentino y los clubes que juegan en la Capital Federal, por medio del cual se plantea un convenio de colaboración para ejercer el derecho de admisión en los estadios de fútbol y este lunes se publicó en el Boletín Oficial.

El decreto 838/2009 consigna claramente que “toda solicitud de colaboración para el ejercido del derecho de admisión en los espectáculos futbolísticos (…) será instrumentada a través de la suscripción de convenios con cada entidad o persona jurídica comprendida en el citado régimen (Decreto Nº 1466/97)”. De esta manera se faculta al Subsecretario de Seguridad en los Espectáculos Futbolísticos (SUBSEF) a realizar dichos convenios.

Sin embargo esto “no implica menoscabo del derecho de admisión que le asiste a las entidades deportivas, el que se aplicará en forma individual o conjunta con este Ministerio”.

El derecho de admisión en los estadios de fútbol tiene “la función de supervisar durante el ingreso del público al estadio, que no sean introducidos al mismo elementos que atenten contra la seguridad” así como “que no ingresen personas con signos de encontrarse bajo los efectos del consumo de alcohol o estupefacientes, o que a su juicio puedan alterar el orden durante el transcurso del espectáculo, requiriendo en caso de conflicto la colaboración policial para hacer efectivo el ejercicio del derecho de admisión de la entidad organizadora”.

De esta manera se faculta a la Subsecretaria a “ejercer el derecho de admisión y permanencia respecto de quienes se encuentren registrados en el Banco Nacional de Datos sobre Violencia en el Fútbol”. Registros creados por el Decreto Nº 1466/97 y por Ley 26.358 respectivamente.

Además también podrá ejercer dicho derecho en los casos en los que “por razonables pautas objetivas que hayan surgido de la conducta de un aficionado al momento de concurrir, antes o durante el espectáculo futbolístico, hagan presumir que éste alterará el orden durante el transcurso del partido, y que por tal se encuentre inscripto en los Bancos de Datos”.

Cabe recordar que el convenio de colaboración celebrado entre el Ministerio de Justicia, la AFA y los clubes, tendrá una duración de dos años, con posibilidad de renovarse por dos años más y que necesariamente necesita para su pleno funcionamiento que las instituciones deportivas se subscriban al convenio o a acuerdos individuales con la Subsecretaría.



dju / dju
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