20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Fallo inédito

A devolver los gastos administrativos

Diariojudicial.com publica el fallo de una jueza de primera instancia que obligó al Banco Galicia a devolver las comisiones cobradas por mantenimiento de cajas de ahorro. La magistrada fijó en 5 pesos el costo de las comisiones. Se espera que la entidad bancaria apele, en cuyo caso para sustanciar el pago, el fallo deberá ser ratificado por la Cámara de Apelaciones. FALLO COMPLETO

 
En un fallo inédito, una jueza de primera instancia se pronunció contra las “comisiones administrativas” que cobran los bancos a sus clientes por el mantenimiento de las cajas de ahorro. La magistrada Susana Polotto, titular del juzgado Comercial Nº 14, hizo lugar a una demanda de la asociación Prevención, Asesoramiento y Defensa del Consumidor (PADEC) y de la ONG Contadores Forenses contra el Banco Galicia.

La sentencia obligó a la entidad a devolver las comisiones cobradas indebidamente, aunque el veredicto deberá ser ratificado por la Cámara para que el reembolso sea efectivo. Además, la jueza fijó en 5 pesos “el costo de mantenimiento”. La abogada Isabel Novosad, presidenta de PADEC, en diálogo con Diariojudicial.com, reclamó “la nulidad del pago por el mantenimiento de cajas de ahorro”.

“No hay razón para que esto sea así –continuó Novosad- sobre todo teniendo en cuenta las menguadas tasas de interés que se pagan por los depósitos, que, en el caso del Banco Galicia es del 0.04 por ciento”.

La titular de PADEC manifestó que uno de los problemas de que la gente no invierta su dinero en el banco es que “se afecta al ahorro financiero interno” y ese es un elemento que por un lado, contribuye a la fuga de capitales, y por el otro, alienta a la compra de dólares.

“El ahorro en moneda extranjera es nefasto para la conservación de la moneda nacional”, valoró Novosad.

En la causa que motivó el fallo, el banco de capitales españoles cobraba al demandante ocho pesos mensuales por gastos administrativos, que con el IVA se hacían 9,68 pesos. Por año, un total de 116,16 pesos. Esas comisiones le otorgarían a la entidad una ganancia de un millón de pesos mensuales. Y para que un ahorrista recupere la “comisión administrativa” mediante los intereses que cobra, debería tener un saldo promedio de 29 mil pesos en su cuenta.

La jueza Polotto dispuso que quienes hayan tenido depósitos en esas cuentas desde el 28 de diciembre de 2002 y hasta ahora, deberán ser indemnizados. Y a los clientes que hubieren rescindido el contrato entre diciembre de 2002 y el 5 de mayo de 2009, “se les pondrá a disposición las sumas dinerarias correspondientes”.

Según el fallo, el problema es que el banco “no les explica” a los usuarios que traslada sus costos operativos por dos mecanismos diferentes: a través de la tasa de interés pasiva (la que los bancos pagan a los depositantes) y a través de los “costos administrativos”.

“El deber de información ha sido caracterizado como la obligación que tiene el proveedor de bienes y servicios de suministrar todo dato que permita una elección racional y un uso correcto y seguro de los bienes y servicios contratados”, argumentó la jueza Polotto.

Se estima que el Galicia les deberá devolver a sus clientes un total de 10 millones de dólares. La sentencia sería apelada por la entidad bancaria, por lo que el fallo recién estaría firme en los próximos dos o tres meses, cuando se expida la Cámara de Apelación en lo Comercial.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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