La Cámara Alta aprobó incorporar al Código Penal el artículo 67 bis que fija que en los delitos de acción privada la prescripción se interrumpe por: “La comisión de otro delito; La interposición de la querella criminal efectuada en la forma que lo establezca la legislación procesal correspondiente; La convocatoria a la audiencia de conciliación o acto procesal equivalente; El auto que fija la citación a juicio; El dictado de sentencia condenatoria, aunque la misma no se encuentre firme”.
El proyecto, elaborado por la senadora Isabel Viudes (Frente para la Victoria – Corrientes), fue aprobado por unanimidad y ahora debe ser analizado por la Cámara de Diputados. Los delitos de acción privada son cuatro: calumnias e injurias, violación de secretos, concurrencia desleal e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar cuando la víctima fuere el cónyuge.
La senadora explicó que la reforma al artículo 67 del Código Penal no hizo referencias a la interrupción de la prescripción en casos de delitos de acción pública. “Así, algunos tribunales han entendido que son actos interruptivos en los delitos de acción privada la interposición del escrito de querella, el decreto de citación a juicio o el auto que fija la audiencia de debate”, sostuvo la legisladora.
Para la senadora la norma sólo establece como causal de prescripción la elevación a juicio. “Su letra expresa no menciona como causal interruptiva otros actos, lo que impide equiparar la interposición de la querella con el inc. c del art. 67 CP que refiere: `El requerimiento acusatorio de apertura o elevación a juicio, efectuado en la forma que lo establezca la legislación procesal correspondiente`”, encuadró Viudes.
“Por ello, con el fin de evitar interpretaciones disímiles al respecto y unificar criterios mediante una enumeración taxativa de las causales de interrupción del curso de la prescripción es necesario que la ley prevea cuales serán los actos que tendrán tal entidad, siendo necesario al mismo tiempo señalar que el monto de las penas con el que están sancionados los delitos perseguibles por acción privada es por lo general bajo, siendo en consecuencia breve también el termino de la prescripción”.
El proyecto había sido aprobado en octubre del año pasado por la comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado.