28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Presentación ante la CIDH para anular la prescripción de una causa

Nora y Eduardo Iglesias, los padres de Marcela, la nena que murió aplastada, el 5 de febrero de 1996, por una escultura de hierro en el Paseo de la Infanta, presentaron un recurso ante la CIDH para frenar la prescripción y pedir la reapertura de la causa, que consta de 38 cuerpos, y por la que hubo 117 apelaciones de la defensa.

 
A pedido de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Cancillería argentina estudia el caso de Marcela Iglesias, la nena de seis años que murió el 5 de febrero de 1996 aplastada por una escultura de hierro en el Paseo de la Infanta. Los padres de la nena, Nora y Eduardo, presentaron un recurso ante la entidad interamericana para pedir la anulación de la prescripción y la reapertura de la causa.

El expediente por la muerte de Marcela consta de 38 cuerpos. En la causa hubo cinco procesados por homicidio culposo y 117 apelaciones de la defensa. Pasados los ocho años sin que se dictara sentencia, la jueza Susana Nocetti de Angeleri –que renunció en agosto de 2006- dictó la prescripción de la acción penal, lo cual fue ratificado por la Cámara de Casación Penal en diciembre de 2005 y por la Corte Suprema de Justicia, en febrero de 2006 (con el voto en disidencia de Ricardo Lorenzetti).

En un reportaje concedido a Página/12 en ocasión de la conmemoración del 13º aniversario de la muerte de Marcela, Nora, su mamá, contó que ella y su marido fueron recibidos “por los tres poderes”. “El ex presidente (Néstor) Kirchner, diputados y hasta jueces de la Corte Suprema se reunieron con nosotros. Sin embargo, todavía nuestra hija no tuvo un juicio y mucho menos justicia”, denunció la mujer.

El 5 de febrero de 1996, Marcela Iglesias, de seis años, estaba en los juegos del Paseo de la Infanta, en avenida del Libertador al 3800, con sus compañeros de la colonia del Banco Hipotecario. Una escultura de 270 kilos, exhibida en una explanada al aire libre a la que el público tenía acceso, se le desplomó y la mató en el acto. Por el derrumbe, otras dos nenas quedaron heridas.

Una pericia de la Superintendencia Federal de Bomberos determinó que la escultura fue derribada por “vientos de 24 kilómetros por hora” y que su caída podría haberse evitado de haber estado soldada a su base.

El escultor que hizo la obra, Danilo Danzinger, la dueña de la galería que la exhibía, Diana de Lowenstein; y los funcionarios comunales Héctor Torea, Antonio Mazzitelli y Juan Carlos Favale quedaron procesados por homicidio culposo. En ese entonces, el intendente de la Ciudad de Buenos Aires era el justicialista Jorge Domínguez.

En diálogo con Diariojudicial.com, Daniel Stragá, el abogado que patrocina a los Iglesias señaló que la causa por la muerte de Marcela “ingresó en un pantanal a partir de dilaciones y chicanas de las defensas de los imputados” y agregó que “la jueza Nocetti de Angeleri permitió dilaciones que deberían haberse rechazado in limine”.

Stragá sostuvo que una de las causas de la rémora (y posterior prescripción) de la causa es que “el Poder Judicial es condescendiente, muy clasista y entre los imputados hay gente vinculada con establishment”. Respecto de la presentación ante la CIDH –motivada por “la lentitud” del Poder Judicial-, señaló que podría prosperar y recordó que en la causa presentada por el caso de Walter Bulacio (asesinado en 1991 por la Policía), ese organismo condenó al Estado argentino.

En el artículo del matutino porteño, Nora Iglesias explicó que el parque Tres de Febrero -donde se encontraba el Paseo de la Infanta– “siempre fue un área de protección histórica y sólo podía existir como espacio verde”. Por lo tanto, la escultura de Danilo Danzinger, al igual que la Galería Der Brucker, propiedad de Diana de Lowestein, “nunca estuvieron habilitadas para estar en ese predio”.

Ese 6 de febrero el Paseo de la Infanta también acogía 20 locales comerciales ubicados bajo los arcos concesionados a la empresa de Lowestein –Panter SRL– que, según denunció en 2002 la Asociación Amigos del Lago de Palermo, no contaban con habilitación o planos aprobados, pese a que la Municipalidad les permitía instalarse allí, en contradicción con la normativa vigente.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486