02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Una mujer muere tras negarse a recibir sangre por motivos religiosos

El hecho ocurrió en Córdoba y estuvo avalado por un juez que rechazó la presentación de un médico que quería hacerle una transfusión.

 
Una mujer murió ayer en esta ciudad tras negarse a recibir sangre fundándose en sus convicciones religiosas, motivo que fue avalado por un juez que rechazó la presentación de un médico que quería obligarla a hacerse la transfusión, informaron fuentes sanitarias.

La paciente, miembro de los Testigos de Jehová y cuya identidad no trascendió, padecía gangrena gaseosa y necesitaba ser intervenida quirúrgicamente en el Hospital Rawson, donde se encontraba internada.

Ante su negativa a recibir sangre, el médico responsable de su atención, Ernesto Mac Loughlin, recurrió el viernes pasado al juez de 21 Nominación, Carlos Sem Rodríguez, para que resolviera la cuestión ética y ordenara la transfusión.

En un rápido trámite y luego de hacerse presente en el nosocomio, el magistrado resolvió, ateniéndose a la jurisprudencia de la Corte Suprema, que no existe norma alguna que obligue a la enferma a transfundirse.

Consideró también que no hay norma que autorice al tribunal a tomar tal decisión supliendo su voluntad expresada libremente, que además contaba con la aprobación de los familiares de la paciente, quienes se manifestaron concordantes en respetar su voluntad. "No puede el tribunal violentar la decisión de la paciente, pues ello importaría un abuso de autoridad, sin perjuicio de que, si la internada y sus parientes deciden lo contrario, se pueda realizar tal procedimiento", dictaminó el juez.

Por su parte el médico, en declaraciones periodísticas, destacó que recurrió a la Justicia respetando su juramento hipocrático de "sostener la vida", y que en sus 32 años de práctica profesional, es la primera vez que vive una situación semejante.

Admitió Mac Loughlin que "al principio me sorprendió" la decisión del juez Sem Rodríguez, pero que "luego reflexioné y creo que la Suprema Corte ha sentado el precedente tomando en cuenta la priorización de ciertos derechos sobre otros".

El antecedente del máximo tribunal del país se fundamentaría en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que concede a las personas la prerrogativa de disponer de sus actos, de su obrar, de su cuerpo y de su vida, analizaron fuentes tribunalicias.

Según este criterio, aún un enfermo en peligro de muerte, puede tener razón valedera para rechazar una operación, lo que en este caso se fundaba en convicciones religiosas.



dju / dju
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