La audiencia, decidida en el tradicional acuerdo de los martes, fue avalada por el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti; la vicepresidenta, Elena Highton; y los ministros Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda.
En un comunicado, la Corte Suprema enfatizó que el reclamo encontró su fundamento “en la asistencia que estaría obligado a prestarle (el Estado nacional) con el objetivo de paliar el déficit de la caja previsional cordobesa”.
La demandante sostuvo que los convenios 83/02 y 90/08, suscriptos entre el Estado Nacional y la Provincia, se sustanciaron en la ley 25.235 y concordantes. En ese sentido, la actora interpretó que la Nación debería financiar el déficit global de su sistema previsional, en lo que respecta a los regímenes no transferidos a esa jurisdicción.
En la resolución de hoy, la Corte declaró además la competencia originaria de la causa (prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional).
Fueron citados a la audiencia, por la parte actora, el fiscal del Estado provincial Jorge Eduardo Córdoba, y por la parte demandada, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación.