“Que en este caso, lo que debe evaluarse, es si resulta admisible autorizar a profesionales ajenos al Poder Judicial a presenciar autopsias en el marco del cursado de una carrera de posgrado, como es en el caso la de Especialista en Medicina Legal”, evaluaron los jueces.
En ese sentido, recordaron que el “Reglamento de funcionamiento de la Sala de autopsias”, el cual “fuera oportunamente aprobado por Acuerdo Nº 3183, en el que además de los sujetos intervinientes en la causa, el magistrado puede autorizar la participación de personas. Que ello, indica claramente que la posibilidad existe, debiendo guardarse en todos los casos la reserva correspondiente -que es inherente a la profesión médica- y previa autorización del juez interviniente”.
Sin embargo, en la acordada fijaron una serie de condiciones: Que será el jefe del Cuerpo Médico Forense quien revisará del cada caso concreto para ver “si es factible la participación de un profesional”. y “deberá determinar el alcance de la participación del profesional o si sólo se trata de la observación pasiva de la pericia que nos ocupa.
Incluso, el jefe del CMP podrá dictaminar a favor o en contra de la participación de un profesional estudiante en una autopsia en caso de ser requerido por el juez o el fiscal.
“Si el juez o fiscal autoriza la participación deberá requerirse al profesional interesado, la acreditación de un seguro por accidentes personales, la correspondiente constancia de matriculación y deberá documentarse una declaración de renuncia a reclamos derivados por el hecho de su participación en las autopsias dado que no actuaría en calidad de perito”, aclara la acordada.
“El jefe del Cuerpo Médico Forense será el habilitado para expedir la certificación correspondiente en relación a las participaciones que tengan los profesionales externos, indicando en cada caso el alcance de la misma”, agrega la misma.
Por último, los integrantes del TSJ recordaron que en el caso “se trata de una participación de carácter didáctico-formativa requerida por una unidad académica reconocida. Debe considerarse que el único lugar en el que el estudiante de la carrera de posgrado puede acceder a este tipo de práctica, es sin duda la Justicia”.