“Al no haberse acreditado debidamente que de existir una falla mecánica, la misma impidiera continuar la marcha hasta introducir íntegramente el rodado dentro de la banquina, puede concluirse que la riesgosa posición en que éste quedó ubicado coadyuvó de manera relevante en la producción del resultado dañoso, en tanto el conductor del automóvil particular omitió evitar la obstrucción de la vía de circulación (aún de noche y en un día de escasa visibilidad) y aunque el factor causal de la detención hubiese radicado en algún desperfecto, ello no podría ser calificado como un caso fortuito para la víctima, desde que, sea el desgaste de la batería o de cualquier otro elemento, conforman circunstancias que deben preverse y pueden evitarse si se realiza un adecuado mantenimiento del rodado”, concluyeron los magistrados.
El tribunal le atribuyó a la víctima el 60 por ciento de la responsabilidad en el accidente, mientras que el 40 por ciento restante recayó en el conductor del camión y su aseguradora.
El accidente ocurrió el 4 de octubre de 2001 a las 5:45 en la ruta Nº 200 cuando, por motivos que se desconocen, la víctima frenó con su vehículo Fiat en el medio de la calzada sin alcanzar la banquina y fue chocado desde atrás por un camión Dodge. Se cree el coche habría sido algún desperfecto porque su conductor no se encontraba adentro del vehículo.
Los camaristas entendieron que el conductor del vehículo tuvo una “negligente conducta” ya que “no se encontraba ubicado sobre la banquina de la ruta al momento de la colisión, sino que se hallaba temerariamente ubicado en un sector de la calzada y obstaculizando de ese modo el tránsito vehicular correspondiente al único carril de circulación”.
Los magistrados entendieron que la conducta de la víctima no fue la exclusiva responsabilidad del hecho. Para ellos el conductor del camión “debió adoptar los recaudos necesarios para preveer la imprevista aparición de vehículos detenidos por una emergencia y -en su caso- evitar colisionarlos, al mantener una adecuada disponibilidad de frenado”.
Los camaristas entendieron que contribuyó algunas características de camión para evitar el choque: “circulaba con sus cubiertas desgastadas en un cincuenta por ciento y sin el limpia parabrisas izquierdo colocado, en franca infracción a las normas de tránsito”.