El Presupuesto que estudia la Cámara baja, si fuera aprobado sin modificaciones en el Congreso, implicaría un recorte del 35 por ciento para el Poder Judicial con respecto al del año anterior.
Las fuentes estimaron que en los últimos dos años el Poder Judicial produjo un superávit de unos 1.200 millones de pesos que están depositados pero que no cuentan con la autorización del Ejecutivo para su utilización. Sólo se les permitiría a los ministros disponer de una parte de estos fondos.
Las fuentes aclararon que la Corte “no pide más plata sino la facultad de utilizar esos recursos” y resaltaron que el proyecto de autonomía presupuestaria busca “fortalecer la independencia del Poder Judicial”.
En relación con las facultades reglamentarias, la Corte estaría pidiendo por ellas, que hoy están en poder del Consejo de la Magistratura. Estas facultades incluyen la posibilidad de dictar reglamentos internos y funciones de Superintendencia.
“El Consejo administra las decisiones y la Corte gobierna”, habría explicitado este martes una fuente.
Fuentes del Máximo Tribunal explicaron que la autonomía presupuestaria y la posibilidades de regulas las facultades presupuestarias es un sistema que ya vienen aplicando las cortes de Brasil, desde 1980, y de Estados Unidos, desde 1940.
Por otra parte, en el habitual acuerdo de los martes, la Corte solicitó la “opinión consultiva” al Tribunal Permanente del Mercosur con respecto a la causa que la empresa Sancor le inició a la Dirección General de Aduanas por derechos de exportación.
El fallo, que fue suscripto por los ministros Ricardo Lorenzetti, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay (en disidencia se pronunció la jueza Elena Highton de Nolasco), planteó que el Tribunal del Mercosur debe dictaminar acerca de si el Tratado de Asunción impone a los países miembros la obligación de abstenerse de aplicar derechos de exportación en el comercio de bienes entre tales países.
La empresa láctea Sancor cuestionó la aplicación de derechos de exportación del 5 por ciento, establecidos por la resolución 11/2002 del Ministerio de Economía, a diversas exportaciones de productos lácteos –y en un caso de agua mineral- realizadas a Brasil y a Paraguay, durante los años 2002 y 2003.
Además, los supremos revocaron la inhabilitación del ex gobernador de La Rioja Angel Maza para ejercer cargos públicos.
Los ministros del Máximo Tribunal entendieron que la sanción que pesaba sobre Maza no constaba en la acusación planteada en el juicio político que se le realizó pero evitaron pronunciarse sobre la destitución.