Desde hace meses que se sucedían reuniones en el Ministerio del Trabajo para aunar criterios sobre una nueva ley de riesgos del trabajo, que luego derivó en el análisis de las propuestas de decretos realizadas por el gobierno.
Ahora, la indemnización que corresponda aplicar tendrá un tope de 180 mil pesos. También se elevaron las sumas de las compensaciones dinerarias adicionales previstas por el artículo 11 en 80 mil; 100 mil y 120 mil pesos según corresponda. De la misma manera, el decreto prevé la creación de un Registro de Prestadores Médico Asistenciales en el ámbito de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Además, entre los considerandos del decreto figura la necesidad de “fomentar la creación de aseguradoras de riesgos del trabajo sin fines de lucro, de naturaleza mutual y/o con origen en la autonomía colectiva, teniendo en cuenta que ello puede contribuir a la mejora del sistema de riesgos del trabajo, especialmente en materia de prevención de siniestros, por lo que deben adoptarse medidas en tal sentido”.
Por su parte, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, argumentó que “al tener los trabajadores una indemnización más adecuada y razonable a la situación actual, es probable que la litigiosidad disminuya sustantivamente”. Y agregó: "ahora esperamos tener un escenario más favorable para contar con una ley de riesgos de trabajo que realmente apunte a la prevención del accidente y no la reparación económica”.
No obstante, la UART expresó su posición al respecto mediante un comunicado. En él consigna que comparte algunos considerandos del decreto como ser “aquellos relacionados con la protección de los trabajadores y sus beneficios para el caso de accidentes y enfermedades laborales y por sobre todo, la mención hecha a la generación de paz social”.
Además, aclara que “el aumento de las prestaciones dinerarias que se produce implicará el correlato en el nivel de la alícuota con el que se financia el sistema” y agrega “que durante el tiempo que transcurra hasta lograr un consenso necesario para una reforma a la ley vigente, los efectos que produce la ausencia de la misma, son contraproducentes”.