22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Batería de leyes promulgadas

Antes de viajar al Vaticano, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner suscribió siete leyes, que fueron publicadas este viernes en el Boletín Oficial. Figuran la despenalización de calumnias e injurias, la obtención de ADN por métodos alternativos y el Presupuesto 2010.

 
El Poder Ejecutivo promulgó este jueves 7 leyes, de las cuales 4 fueron aprobadas por el Congreso el 18 de noviembre pasado. Ayer se publicó en el Boletín Oficial la ley 26.548 que traspasó el Banco Nacional de Datos Genéticos (que será un ente autárquico) a la órbita del Ministerio de Ciencia y Tecnología; la ley 26.551 que despenalizó las calumnias e injurias; y las leyes 26.550 y 26.549

La ley 26.551 sustituyó los arts. 109, 110, 111, 113, 117 del Código Penal por una nueva redacción y derogó el 112 del articulado. Todos están relacionados con el título II del libro segundo: “Delitos contra el honor”.

Por su parte, la ley 26.550 incorporó a las asociaciones o fundaciones intermedias como querellantes en los procesos en los que se investiguen crímenes de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos.

En tanto, a través de la ley 26.549 se incorporó el art. 218 bis al Código Procesal Penal relacionado con la forma en que un juez puede ordenar la obtención de ADN por medios alternativos a la extracción de sangre.

En una conferencia de prensa, la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carlotto, despejó dudas y afirmó que la palabra “compulsividad” no figura en la ley. La titular de Abuelas agregó que la ley es en respuesta al fallo de la Corte en la causas Prieto I y II en la que los jueces del Máximo Tribunal dijeron que “faltaba un resorte legal para obligar a los jueces a actuar como corresponde”.

Hasta ahora, cada magistrado podía resolver de la forma que considerara y no había un criterio general.

Menos difusión tuvo la promulgación en el BO de la ley 26.536 (modificación del artículo 242 del Código Civil y Comercial), sancionada el 28 de octubre pasado. Esa norma estableció en 20.000 pesos el monto a partir del cual pueden ser apelables las sentencias definitivas aunque advirtió que “anualmente, la Corte Suprema adecuará, si correspondiere” esa suma.

Además, la Presidenta promulgó el presupuesto aprobado por el Congreso el 12 de noviembre y la ley 26.538 de “Recompensas”.

Compartir



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486