La medida fue aprobada anoche por el Senado, que convirtióen ley una modificación al Código Procesal Penal, a través delartículo 238 bis, que establece la devolución de propiedadesen el momento en que el dueño de la misma deje"convenientemente" acreditada su posesión. El proyecto,impulsado por el senador nacional por Corrientes José AntonioRomero Feris, establece que "en cualquier estado del trámitede desalojo y aún sin dictado de procesamiento alguno, el juezpodrá disponer provisionalmente el inmediato reintegro delinmueble cuando su titular pueda demostrar su derecho depropiedad".
"El propósito de esta ley es que se saque a los usurpadoresde la vivienda, que la ocupe el legítimo propietario y quedespués se sustancie el juicio como realmente corresponde",explicó hoy Romero Feris en declaraciones a Radio Uno.
Para el trámite, el dueño deberá acreditar "el título depropiedad y toda la documentación pertinente que de cuenta desu condición", añadió el senador.
Asimismo, la ley plantea la necesidad de que, una vezrecibida la denuncia de usurpación y hasta tanto no llegue eljuez actuante, se disponga una consigna policial para impedirel hurto de bienes del lugar.
El proyecto, que fue presentado al Poder Ejecutivo durantela gestión de Carlos Menem, volvió en el mes de mayo último enrevisión a la Cámara alta, tras recibir media sanción deDiputados. La iniciativa fue impulsada nuevamente este año,a raíz del aumento de casos de viviendas usurpadas en CapitalFederal y provincia de Buenos Aires.
Según un informe de la Comisión de Vivienda de la Legislaturaporteña, existen alrededor de 12 mil casas tomadas en laCapital, donde habitan alrededor de 150 mil personas.