20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Polémica medida

Chaco: buscan remover a jueces y la JUFEJUS se opone

El gobernador Jorge Capitanich firmó un decreto para que se inicien acciones con el fin de remover a tres jueces del Superior Tribunal de Justicia porque no fueron designados a través del proceso de selección que fija la Constitución. La Junta Federales de Cortes repudió la medida. “El Decreto mencionado desconoce la inmunidad jurisdiccional e inamovilidad funcional que tienen los Jueces”, sostuvo. Y anunció que llevará el tema a la Corte.

 
La Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia del país (JUFEJUS) criticó este lunes el decreto del gobernador del Chaco, Jorge Capitanich, por el cual dispuso que se inicie una causa para remover y declarar la inconstitucionalidad de las designaciones de tres jueces del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.

La JUFEJUS, que nuclea a jueces de los Máximos Tribunales de todo el país, respaldó a los jueces del STJ cuestionados Ramón Rubén Ávalos, Ricardo Fernando Franco y Rolando Ignacio Toledo y reclamó que se respete “la inmunidad jurisdiccional e inamovilidad funcional que tienen”.

Además, la entidad anunció que llevará el caso a la Corte Suprema de Justicia y le pidió al Gobernador una “nueva apreciación” del tema por “respeto a la seguridad jurídica y a la credibilidad en las instituciones”

Capitanich firmó el 23 de diciembre pasado un decreto por el cual instruyó a funcionarios de su Gobierno a iniciar una causa contra las designaciones de los tres magistrados porque no llegaron al STJ mediante los procesos de selección que se establecieron en 1994 tras la reforma de la Constitución de la provincia.

El decreto también delega la redacción de proyectos de leyes para que las próximas designaciones se hagan mediante el proceso que marca la Constitución, que en su artículo 158 establece que “los miembros del Superior Tribunal de Justicia y el procurador general serán nombrados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Consejo de la Magistratura”.

“Que el Decreto mencionado desconoce la inmunidad jurisdiccional e inamovilidad funcional que tienen los Jueces del Superior Tribunal de Justicia del Chaco en virtud de los arts. 53, 59, 60 y 110 de la Constitución Nacional vigente y de los arts. 120, 154 y concordantes de la Constitución Provincial, que garantizan que dichos magistrados solamente pueden ser sometidos a proceso judicial previa destitución de los mismos mediante juicio político”, sostuvo la JUFEJUS a través de una declaración pública.

La entidad agregó que los proyectos de ley que se aprueben para la selección de los jueces del Máximo Tribunal no podrá aplicarse a los actuales magistrados. “Por el principio de estabilidad, solamente podrá regir para el futuro para aquellas personas que sean designadas por el nuevo régimen, pero nunca puede aplicarse con retroactividad, en perjuicio de aquellos”, explicó.

La Junta adelantó que le dará “intervención a la Comisión Permanente de Justicia que funciona en la Corte Suprema de Justicia de la Nación” por la afectación a “la independencia del Poder Judicial y el principio republicano de gobierno, sustento del sistema federal”.

“En definitiva solicitamos muy respetuosamente al Poder Ejecutivo Provincial, una nueva apreciación de la cuestión, con base en la mesura, respeto a la seguridad jurídica y a la credibilidad en las instituciones”, concluyó la JUFEJUS.

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dju / dju
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