23 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 24/12/2024

Remedios gratis de por vida

La Cámara Civil y Comercial de Jujuy hizo lugar a un amparo presentado por el Defensor del Pueblo a favor de una afiliada a la obra social del Personal de Seguridad Comercial. “Si bien habíamos logrado una medida cautelar para el suministro, ahora deberán entregarla en forma mensual, consecutiva e ininterrumpida, sin el requerimiento de una receta mensual”, confirmó a DiarioJudicial.com el defensor del Pueblo jujeño, Víctor Galarza. FALLO COMPLETO

 
La Justicia de Jujuy resolvió hacer lugar a un recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, a favor de una afiliada damnificada por la no entrega de medicamentos de parte de la obra social del Personal de Seguridad Comercial, industria e investigaciones privadas (OSPSIP).

Si bien con anterioridad la Defensoría había logrado una medida cautelar que garantizó el suministro del medicamento, el fallo de la Sala I-Vocalía 2 de la Cámara Civil y Comercial, a cargo de la jueza María Paganini y el secretario Julio Nieto, resolvió la cuestión de fondo.

Ahora, la OSPSIP está obligada a entregarle a Narcisa Quipildor, quien padece diabetes tipo 2, los medicamentos (Metamorfina 850 por 30 comprimidos e insulina nomomix 5 cartuchos de 3mg) de forma mensual, consecutiva e ininterrumpida de por vida, sin necesidad de presentar receta u otro trámite burocrático.

“Luego de agotar todas las vías administrativas de reclamo y gestión, decidimos presentar una acción de amparo, una medida cautelar ante la Justicia provincial”, explicó a DiarioJudicial.com el Defensor del Pueblo, Víctor Galarza.

“La jueza de feria declaró inhibición –continuó Galarza-, por lo que la medida fue resuelta por el Juez de la Cámara de Apelaciones de Feria, que hizo lugar a la presentación y ordenó la inmediata provisión del medicamento prescripto para el tratamiento de la enfermedad diagnosticada”.

A pesar de la medida, la cuestión de fondo se resolvió recién con el fallo de la Sala I-Vocalía 2 de la Cámara Civil y Comercial, a cargo de la jueza Paganini, quien consideró que la presentación que hizo el Defensor, acreditaba la verosimiltud en el derecho invocado y el peligro en la demora de entrega de medicamentos, priorizando el derecho a la salud, de rango constitucional.

“Hemos solicitado que la entrega sea sin necesidad de que se haga un trámite administrativo mensual, puesto que la obra social ya contaba con la historia clínica de la persona”, explicó Galarza.

Según explicó, esta resolución es ejemplificadora en la provincia en materia de reclamos a obras sociales, ya que sienta precedentes en otras actuaciones que tramita la Defensoría del Pueblo en la actualidad, por irregularidades en el servicio de las mismas.



dju / dju
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