31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024

Una fiscal pidió que se fije criterio para los casamientos gays

Mariana Pucciarello hizo una presentación ante el fiscal general porteño Germán Garavano. Es por el dictamen de la fiscal de Cámara Daniela Ugolini, que avaló la competencia del fuero para intervenir y la constitucionalidad de dos artículos del Código Civil. La fiscal de primera instancia pidió que se fije un criterio ante “la inédita interpretación jurídica citada”.

 
La titular de la Fiscalía en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 1 de la ciudad de Buenos Aires, Mariana Pucciarello, le pidió al fiscal general, Germán Garavano, que fije un criterio para actuar en los causas por matrimonios entre personas del mismo sexo. El pedido fue efectuado ante la disparidad de criterios.

Pucciarello explicó que en esos casos hay dos intervenciones fiscales: “La primera atinente a la competencia de este fuero y la segunda, al planteo de inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil”.

Ambas disquisiciones se dieron en la misma causa en la que la fiscal actuó. El titular del juzgado en lo contencioso administrativo y tributario de la ciudad Nº 13, Guillermo Schleiber, autorizó el casamiento entre Martín Canevaro y Carlos Alvarez Nazareno al dictar la inconstitucionalidad de los dos artículos del Código Civil que establecen que el matrimonio es entre un hombre y una mujer.

La fiscal apeló el fallo pero la representante del Ministerio Público ante la Cámara del fuero, Daniela Ugolini, desistió de continuar la causa y así dejó firme el casamiento, que se concretó la semana pasada.

“El problema radica en que la Fiscal de Cámara, Dra. Daniela Ugolini, sostuvo en los fundamentos de su dictamen que la citada normativa civil es constitucional. No obstante ello, desistió del recurso de apelación presentado por esta Fiscalía”, explicó Pucciarello en su presentación.

Y agregó: “En consecuencia, si se deriva un criterio de actuación de los fundamentos del dictamen, correspondería sostener que las demandas relativas a matrimonios homosexuales deben ser rechazadas mientras que si el criterio es derivado del efecto del desistimiento (calidad de cosa juzgada de la sentencia del Juzgado Nro. 13), debería propiciarse que las demandas deben ser admitidas”.

Por otra parte, la fiscal criticó que “la novedosa forma de interpretar la facultad de desistir de los recursos del inferior (art. 33 inc.1, ley 1.903) que se ha hecho en este caso, difiere de la que se venía haciendo desde la puesta en marcha de este fuero hace casi 10 años” ya que “no reconoce antecedentes en la práctica judicial argentina” en virtud que “no fue posible hallar ningún antecedente en el que un Fiscal de Cámara considere `desierto` un recurso del inferior. Tampoco se halló ningún otro que consienta una sentencia cuyo resultado no se comparte.

Así, Pucciarello pidió la intervención de Garavano ante “la indiscutible trascendencia que el tema presenta, la inédita interpretación jurídica citada y el principio de transparencia que constituye uno de los ejes de la gestión que lleva a cabo”

La fiscal hizo el planteo el jueves de la semana pasada un día antes que la juez civil nacional Martha Gómez Alsina anulará el primer casamiento entre mujeres del país que había sido autorizado por la jueza Elena Liberatori.

Los casamientos entre personas del mismo planteó una discusión sobre si la competencia para actuar la tiene el fuero en lo contencioso de la ciudad (que acepta las causas) o el civil nacional (que las rechaza).

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dju / dju
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