Lilia Maffei de Borghi. Presidente de la Cámara de la Seguridad Social
Así lo afirmó a DiarioJudicial.com la presidenta de la Cámara de la Seguridad Social Lilia Maffei de Borghi en una entrevista que concedió en su despacho, en Lavalle al 1200. Durante el reportaje, la jueza se refirió a la “grave” situación que atraviesa el fuero por el aumento de la litigiosidad, provocado por las últimas reformas legislativas (entre ellas el traspaso de los fondos de las AFJP al Estado) y la jurisprudencia de la Corte Suprema en la materia que, según la magistrada, “hizo reaccionar a los jubilables y a los jubilados sobre sus derechos”. Maffei de Borghi insistió en la necesidad de crear una secretaría más (de Ejecuciones Provisionales) para los juzgados de primera instancia así como 5 juzgados, una Sala de Cámara y 2 fiscalías para el fuero. Consideró que “una primera solución” que se podría dar a los jubilados sería “activar los pagos de las ejecuciones” y destacó la “solución amistosa” acordada entre la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Gobierno, mediante el cual éste se comprometió a desistir de todas las apelaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
¿Cómo impactó en el fuero la decisión de la Presidenta de traspasar los fondos de las AFJP al Estado?
En general esto hay que colocarlo dentro del aumento de litigiosidad que tenemos en el fuero y que provoca una verdadera crisis. Por un lado, están las distintas reformas legislativas que se dieron en los últimos tiempos. Por el otro lado, la jurisprudencia de la Corte Suprema (fallo “Badaro”) hizo reaccionar a los jubilables y a los jubilados sobre sus derechos. Ambos hechos provocaron un incremento en las demandas muy notorio que conformó un criterio de mayor litigiosidad. Es una crisis grave porque nosotros tratamos cuestiones que son de carácter alimentario, entonces debieran ser resueltas con la mayor celeridad, pero cuando la litigiosidad es muy grande esto se ve severamente entorpecido. Estamos administrando Justicia con una marcada limitación de recursos.
¿Qué soluciones se están pensando?
La Cámara buscó soluciones de carácter estructural. Así, pensamos que sería bueno que los juzgados contaran con 3 secretarías (N. de la R: actualmente tienen 2): una de Conocimiento, la segunda de Ejecuciones Fiscales (que son las actuales) y la tercera de Ejecuciones Provisionales, porque es un aspecto que se incrementó enormemente. Esto sería un principio de solución. Y luego tenemos en la Cámara de Diputados, con estado parlamentario, un proyecto de ley para la creación de 5 juzgados, 1 Sala de Cámara y 2 fiscalías de primera instancia que es necesario urgir. Ya se lo pedimos a la Corte Suprema (mediante una acordada difundida por DiarioJudicial.com) y al Consejo de la Magistratura (N. de la R: que ya se expidió favorablemente). Creo que se está en esta ruta y esperemos que llegue a concretarse. Por otro lado, fue muy positiva la efectivización de los meritorios censados, pero si bien fue fantástico, no deja de ser una solución parcial porque todo este lote de gente nos queda en la última categoría, entonces es necesario hacer un escalonamiento de categorías de modo de incentivar al personal a superarse.
¿Cómo es la situación con los puestos vacantes y las subrogancias?
En la Seguridad Social hay 3 juzgados de primera instancia (los Nº 3, 6 y 10) que están vacantes y son subrogados por jueces de nuestro propio fuero. Hubo un concurso que ya está en el estadio de impugnación (N. de la R: el concurso 253). Si bien está bastante avanzado, también sería del caso pedir a las autoridades competentes que incentiven la conclusión del concurso a los fines de contar rápidamente con los jueces titulares. Si bien son 3 juzgados (sobre un total de 10), la situación es bastante delicada porque como cada juzgado tiene mucho más de 25 mil expedientes, el juez que está subrogando otro juzgado vacante cuenta con más de 50 mil expedientes en sus espaldas.
¿Que le sugeriría a un jubilado de a pie para comenzar una demanda de actualización de haberes?
Bueno, en realidad el procedimiento de actualización de haberes es el establecido en la ley de Solidaridad Provisional (Nº 24.463), la vía es la acción impugnatoria del artículo 15 de la ley. No puedo sugerirle algo distinto. Pero sí podría mencionar, como para dar un aliento, y lo hago en la intención de que realmente esto se concrete, que el gobierno firmó a principios de este año un acuerdo de solución amistosa con la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la reactualización de los haberes jubilatorios. Mediante ese acuerdo, el Ejecutivo se comprometió a desistir de todas las apelaciones de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ante la Justicia en causas de ajustes provisionales, lo cual acortaría el procedimiento y el reajuste sería otorgado mucho más rápido. Además, nosotros estamos trabajando con la Anses en la posibilidad de establecer un sistema de liquidación único que pueda ser revisado en sede administrativa y en sede judicial con los mismos parámetros, lo cual evitaría las numerosas impugnaciones y acortaría también la etapa ejecutoria, porque lo que quiere el jubilado es que le efectivicen rápidamente su reajuste.
Luego de la debacle financiera de 2001, hubo un avance en lo que fue el tratamiento dado a los jubilados, con los sucesivos aumentos y el fallo “Badaro” de la Corte Suprema. ¿Qué estaría faltando?
Yo creo que una primera solución que se podría dar desde el punto de vista del Ejecutivo o del organismo competente sería activar los pagos de las ejecuciones, me parece central. Y luego, evidentemente la actualización de los haberes jubilatorios en forma periódica, como lo establece la ley, también es central y sería utilísimo que así lo hiciera el Congreso, que tuviera el hábito de cumplir la ley tal cual está escrita. Solucionaría la mayor parte de los problemas existentes.
¿Cuáles son los criterios para otorgar la actualización a los jubilados?
Actualmente se paga en efectivo, entonces el tema de las edades, que sí estaba previsto cuando el pago era en bonos, quedó en desuso. Esto no quiere decir que uno no pueda ver en determinados casos la urgencia en razón de la edad, de la condición física en que se encuentra el peticionante. A veces son situaciones muy angustiantes porque se trata de gente de avanzada edad y con enfermedades muy serias, en estos temas hay que tener cierta flexibilidad al decidir.
Desde hace un tiempo, la Cámara viene aplicando algunas innovaciones en materia informática, ¿Cuáles son?
Estamos progresando en ese aspecto. Desde el año pasado, tenemos las demandas vía Web, ya hay un 75 por ciento de acciones iniciadas por esta vía. También se hacen poderes vía Web lo cual agiliza enormemente el trámite. Hicimos convenios con la Procuración del Tesoro, para la notificación de las demandas contra el Estado que se hacen también por esta vía, y ya no hay que mandarles el oficio. Tenemos también la consulta de domicilio vía Cámara Nacional Electoral, la confección de oficios y mandamientos para confronte y firma por vía mail y la consulta de saldos de las cuentas en el Banco Ciudad. Desde hace un tiempo, tenemos la posibilidad de ver el expediente administrativo vía Web, así que ya no es necesario pedirlo por oficio. Este es un avance muy importante y en este sentido tuvimos medio año como juzgado piloto al Nº 6 y ahora estamos en la etapa de replicarlo a los restantes juzgados, a la Cámara y a las fiscalías. Vamos a empezar por dos juzgados, el Nº 4 y el Nº 8. También quisiera destacar que en agosto del año pasado firmamos un convenio entre la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura, la Cámara y la Anses para gestionar en formato digital el escrito de demanda y la documental asociada, el traslado de demanda, la contestación de demanda y toda sentencia que recaiga en la causa.