02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024
Posibles modificaciones al Código Fiscal bonaerense

Menos impuestos por contratar a personas con capacidades diferentes

En caso de aprobarse un proyecto de ley presentado en el Senado de la Provincia de Buenos Aires, se reducirían los aportes en Ingresos Brutos de quienes admitan en sus nóminas de empleados a personas con capacidades diferentes o liberados. La modificación a la ley 10397 prevé imputar el 50% de sus remuneraciones como pago a cuenta del impuesto.

 

El senador Mariano Grau (GEN) propuso en el Senado bonaerense modificar la legislación impositiva para que los empleadores de personas con capacidades diferentes, o de quienes cuadren en la categoría de “tutelados o liberados”, puedan “imputar el 50 por ciento de las remuneraciones nominales que éstas perciban, como pago a cuenta del impuesto sobre los Ingresos Brutos”.

El legislador propuso modificar el artículo 181, en el capítulo referido a exenciones, de la ley 10.397.

El texto del proyecto de ley aclara que: “En ningún caso, el monto a deducir sobrepasará el impuesto determinado para el periodo que se liquida, ni tampoco originará saldos a favor del contribuyente”. “Dicha deducción se efectuará en oportunidad de practicarse las liquidaciones de acuerdo a lo establecido en el capítulo asignado a la determinación, liquidación y pago”, consigna además el texto normativo.

“Por medio de esta modificación se trata de favorecer la inclusión laboral de quienes se hallen sujetos a la tutela del Patronato de Liberados Bonaerense”, se detalla en los fundamentos de la norma.

El Patronato de Liberados es la institución que se ocupa de toda persona que por disposición judicial “deba estar bajo la tutela, asistencia, tratamiento y control judicial de este organismo”. Asimismo, se ocupa de aquellos que han cumplido sus condenas y aún necesitan o requiera asistencia social o de tratamiento.

“El Patronato debe contar con todas las herramientas idóneas para el cumplimiento de sus funciones y objetivos, y consideramos que el actual proyecto apunta en este sentido, permitiéndole promocionar la inclusión laboral de los liberados con claros beneficios para aquellos empleadores que los contraten regularmente”, apuntó el senador del GEN.

Grau señaló a este medio que “la reinserción social y laboral de personas con capacidades diferentes o de los liberados no resulta una tarea fácil, tanto para ellos como para su grupo familiar”. “Por eso buscamos que el Estado tenga un rol activo en generar las herramientas para contribuir a superar las desigualdades; estas medidas deben ser encaradas con el claro objetivo de facilitar la reinserción laboral”, agregó.

Para el caso de los liberados –según el senador -el costo fiscal que puede generar la medida “es ínfimo en relación con los beneficios que puede acarrear que un número creciente de liberados o tuteladas sean incluidos en el ámbito de las relaciones laborales registradas”.

“El objetivo concreto es estimular la igualdad de condiciones laborales para personas que no tienen las mismas oportunidades a la hora de insertarse en el mercado laboral. Buscamos promover la posibilidad de reinserción e inclusión social”, explicó.

En el mismo sentido, Grau presentó una iniciativa complementaria para que se obligue al Estado, a sus organismos, a empresas subsidiadas y concesionarias de servicios públicos para que, en igualdad de condiciones, de calidad y precio, prioricen la contratación de empresas que empleen a personas tutelados o liberadas.

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dju

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