04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Diputados hablará del "faso"

Un proyecto ingresado al Congreso pretende modificar el Código Penal y adecuarlo a la doctrina de la Corte Suprema asentada en el fallo “Arriola”. Se disminuyen penas y se despenaliza la tenencia o cultivo que tenga por finalidad el consumo personal. Los detalles de la iniciativa.

 

Ingresó al Congreso de la Nación un proyecto que pretende modificar el Código Penal para poder adecuarlo a la doctrina de la Corte Suprema en el fallo “Arriola”. La iniciativa, reduce las penas y las despenaliza en los casos de tenencia o cultivo para consumo personal.

En concreto se trata de modificar la Ley 23.737, en los artículos 5, 14, 17, 19 y 20; y derogar los artículos 18, 21 y 22. En el primero de ellos se estable la reclusión o prisión de 3 a 15 años – la ley vigente marca de 4 a 15-, aunque en el caso del que “sin autorización o con destino ilegítimo” siembre, cultive plantas o guarde semillas utilizables para producir estupefacientes, si “las conductas descriptas tengan por finalidad el uso personal de estupefacientes”, el hecho “no será punible”.

También se reducen las penas de 1 mes a 2 años de prisión o multa de 300 a 6 mil pesos, para “el que tuviere en su poder estupefacientes”. Lo que también no será punible cuando sea para uso personal. Y ante la acreditación de una dependencia a tales estupefacientes (artículo 17) “el juez notificará a la autoridad sanitaria correspondiente”. Asimismo, la iniciativa prevé modificaciones en los artículos 19 y 20, para adecuar al nuevo concepto de la norma y deroga los 18, 21 y 22.

El proyecto, que fue girado a las comisiones de Legislación Penal y Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico, es impulsado por el diputado, Ricardo Alfonsín (UCR), y es apoyado por, los también, radicales Jorge Chemes, Ricardo Gil Lavedra, Maria Storani y Mario Fiad. Aunque también firmaron el proyecto Oscar Albrieu (FpV) e Ivana Bianchi (Peronismo Federal).

Entre sus fundamentos la iniciativa plantea que “se propone revisar únicamente la faz punitiva de la respuesta estatal, en el entendimiento de que retirar al sistema penal de la escena, posibilita una discusión más robusta y amplia sobre la articulación del sistema de tratamiento”. Y aclaran que “la iniciativa solo elimina la facultad que los jueces poseen actualmente para imponer medidas de seguridad y tratamientos curativos a las personas imputadas por tenencia de estupefacientes para consumo personal”.

“La aplicación de esta legislación [la vigente] sólo genera impunidad y destaca que las estadísticas del Poder Judicial indican que del total de ingresos al sistema penal, casi el 70% corresponde a tenencia y consumo personal de drogas, en general resultado de decomisos en la vía pública. Y que la represión del contrabando de estupefacientes se centra principalmente en el tráfico de las ‘mulas’”, sostienen entre sus fundamentos.

Compartir



dju
Aparecen en esta nota:
Arriola Regimen Penal GIL Lavedra Alfonsín

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486