04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Reunión de la comisión del Trabajo

"No hay contradicción con el derecho de propiedad"

Lo dijo el diputado Héctor Recalde por las críticas que recibió su proyecto para distribuir ganancias entre los trabajadores. Además, anticipó que dentro de 20 días comenzarán audiencias públicas para tratar la iniciativa. Por otra parte, se aprobó un dictamen para modificar dos artículos de la LCT y convertir en obligatorio el descanso los fines de semana.

 

“No hay contradicción con el derecho de propiedad” dijo Héctor Recalde (FpV), presidente de la comisión de Legislación del Trabajo en referencia a las críticas a su proyecto para distribuir las ganancias de las empresas entre los trabajadores.

Asimismo, y tras puntualizar que muchos que criticaron el proyecto lo hicieron sin siquiera conocerlo, explicó que la consideración sobre alguna contradicción con el derecho de propiedad “es absurda”. “Es decir que la constitución es inconstitucional”, agregó.

Héctor Piemonte (CC) se pronunció a favor del tratamiento del tema; “estamos de acuerdo porque es constitucional”, dijo y planteó que debería tratarse en conjunto con los proyectos de ley sobre libertad sindical, porque “también el 14 bis habla de libertad sindical”. “Acá no hay temas tabúes, todos los temas se van a discutir”, esgrimió Recalde.

No obstante, se postergó el análisis del proyecto que pretende establecer que las sumas no remunerativas luego de los seis meses de otorgadas pasen a integrar el sueldo. El principal motivo de la postergación fue, tal y como lo explicó el titular de la comisión, que no se pudo reunir con el presidente de la homónima comisión en el Senado, Alfredo Martínez (UCR), para así unificar posiciones y lograr una mayor rapidez en el tratamiento.

En concreto, el proyecto impulsado por el mismo Recalde consigna que “las sumas que con carácter no remunerativo fueran pactadas a favor de los trabajadores en convenios colectivos y acuerdos con fuerza de tales solo podrán mantener tal carácter por el término de seis (6) meses, convirtiéndose en remuneratorias a partir del mes subsiguiente”.

En cuanto al dictamen aprobado por los legisladores, es una media sanción proveniente del Senado que apunta al descanso del trabajador. Iniciativa presentada por los senadores justicialistas Carlos Verna (La Pampa) y Graciela Agustina Di Perna (Chubut). De esta manera se modifican los artículos 204 y 207 de la Ley de Contrato de Trabajo. Con la modificación del primero de los artículos se establece la prohibición de la ocupación del trabajador desde las 13hs del día sábado hasta las 24hs del día domingo. Ello salvo “los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones prevean”.

La modificación del artículo 207 de la norma, por su parte, complementa el anterior ya que sostiene que cuando el trabajador preste servicios entre las 13 del sábado y las 24 del domingo “el empleador estará obligado a abonar el salario habitual con el cien por ciento (100%) de recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio”.

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dju

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