20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
En la Provincia de Buenos Aires

Estos son los jueces que van al banco

La Suprema Corte bonaerense asignó destino a ocho integrantes del Cuerpo de Magistrados Suplentes del Poder Judicial provincial, quienes estarán al frente de juzgados y tribunales en los departamentos judiciales de La Plata, Quilmes, Lomas de Zamora, Morón y San Isidro. Con esta designación son 23 los miembros de ese cuerpo que están en funciones.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires asignó destino a ocho integrantes del Cuerpo de Magistrados Suplentes del Poder Judicial bonaerense, quienes estarán al frente de juzgados y tribunales en los departamentos judiciales de La Plata, Quilmes, Lomas de Zamora, Morón y San Isidro. Con esta designación ya son 23 los miembros del mencionado cuerpo que están en funciones, permitiendo una rápida y eficaz cobertura de organismos que no cuentan con juez titular.

Los nuevos jueces designados son: María Florencia Butiérrez (en el Tribunal en lo Criminal Nº 3 de La Plata); Luis Miguel Gabián (en el Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Quilmes); Lidia Fabiana Moro (en el Tribunal en lo Criminal Nº 2 de La Plata); Oscar Rubén Seoane (en el Tribunal de Familia Nº 1 de La Plata); Osvaldo Sergio Lezcano (en el Tribunal de Familia Nº 2 de Lomas de Zamora); Omar Armando Velázquez (en el Tribunal de Familia Nº 3 de Lomas de Zamora); Raquel Etelvina Conte (en el Tribunal de Familia Nº 2 de Morón); y Gabriela Antonia Paladín (en el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 2 de San Isidro).

Los ministros de la Corte provincial resolvieron las designaciones mediante resolución 2762/10. Los jueces firmantes fueron Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Eduardo de Lazzari, Daniel Soria y Luis Genoud.

La Justicia bonaerense es precursora a nivel nacional en la implementación de este sistema que, según lo establece el artículo 166 de la Constitución provincial, exige que los integrantes del mencionado cuerpo cuenten con los mismos requisitos para ser juez titular y ser designados de la misma forma. Es decir, son puestos en función mediante decreto del Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado surgido de una terna vinculante propuesta por el Consejo de la Magistratura en donde previamente aprobaron sus respectivos concursos.

A la par, se previó que el Cuerpo de Magistrados Suplentes se integre con 44 Magistrados, divididos por fueros y regiones. En la actualidad 25 cuentan con decreto del Poder Ejecutivo y, como fue señalado, 23 de ellos están a la fecha asignados al frente de algún tribunal o juzgado.

Antecedentes. La reforma de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires del año 1994 otorgó a la Legislatura provincial la facultad de disponer “la creación de un cuerpo de magistrados suplentes, designados conforme el artículo 175 de esta Constitución, del que dispondrá la Suprema Corte de Justicia para cubrir vacantes transitorias” (art. 166).

La creación del mencionado Cuerpo se materializó en el año 2008 con la sanción de la ley 13837. La finalidad de dicho Cuerpo se expone en los fundamentos del proyecto al decir que se persigue disponer de “una herramienta que permita cubrir rápidamente las vacantes que por distintos motivos se vayan produciendo en la titularidad de los distintos órganos de juzgamiento, a fin de garantizar una correcta prestación del servicio de justicia hasta tanto sean seleccionados y designados nuevos titulares de los mismos”.

Se logra, al mismo tiempo, evitar los retardos de funcionamiento y sobrecarga de tareas de los magistrados que, estando a cargo de sus respectivos juzgados son designados, además, para cubrir esas vacantes mediante el sistema de subrogancias establecido por la Suprema Corte de Justicia.

La ley enumera expresamente los casos de vacantes transitorias contemplados para la designación de un Magistrado Suplente, ellos son: renuncia, remoción, suspensión en los términos del artículo 183º de la Constitución Provincial, fallecimiento o licencia por un plazo de más de sesenta días corridos” (art. 1º). Asimismo, autoriza a la Suprema Corte de Justicia provincial asignar a los integrantes de este Cuerpo funciones para cubrir ausencias generadas por licencias otorgadas por un plazo menor o para cumplir otra función de naturaleza jurisdiccional.

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dju

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