20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
De la Procuración General de la Nación

Nuevo protocolo tecnológico para investigaciones en delitos económicos

El Ministerio Público Fiscal publicó un informe con recomendaciones para fiscales sobre la utilización de recursos tecnológicos. Está dirigido a la persecución de delitos económicos e investigación de funcionarios públicos.

 

El Ministerio Público Fiscal publicó esta semana, a través de la resolución (PGN) 106/10, un informe con recomendaciones para fiscales sobre la utilización de recursos tecnológicos en la persecución de delitos económicos e investigación de funcionarios públicos.

El informe conjunto, que figura como Anexo II en la norma mencionada, fue elaborado por la Unidad Fiscal de Investigación en Delitos Tributarios y Contrabando (UFITCO) a cargo de Mariano Borinsky y la Oficina de Coordinación y Seguimiento en materia de Delitos contra la Administración Pública (OCDAP) a cargo de Sabrina Namer.

Este trabajo recopila las herramientas informáticas que pueden utilizarse para acelerar la obtención de información, y permite contar con elementos probatorios o indiciarios necesarios en un lapso relativamente breve.

El objetivo principal es "acercar los recursos tecnológicos y los accesos a bases de datos disponibles que faciliten el acceso a las fuentes, con el fin de lograr avances substanciales en la investigación de conductas delictivas, tanto en el ámbito judicial como en el trámite de investigaciones preliminares prejudiciales, con la consecuente formación de hipótesis delictivas y delimitación de responsabilidades en un lapso relativamente breve", consigna el documento.

En la actualidad existen una gran cantidad de aplicaciones informáticas que permiten al investigador judicial realizar consultas con la finalidad de iniciar o profundizar la pesquisa, como por ejemplo conocer la identidad, ubicación e inclusive el estado financiero de una persona, física o jurídica. Muchas de estas herramientas son gratuitas y de fácil acceso y pueden ser utilizadas a través de diferentes bases de datos disponibles vía Internet. Otras son aplicaciones desarrolladas exclusivamente para una tarea determinada y generalmente funcionan a partir de la instalación en la computadora personal del usuario de un software específico (ej.: software para cruce de llamadas).

En el detallado informe de 48 páginas se categorizó a los recursos en tres clases: a) Información Pública (Gratuita); b) Información Pública (paga); c) Información Restringida (provista por sistemas informáticos pertenecientes a diferentes organismos o bien mediante la remisión de un oficio).

Entre las páginas web que proveen Información Pública Gratuita a las investigaciones judiciales o prejudiciales se encuentran listadas y explicadas: 1) Guías Telefónicas (ej.: www.telexplorer.com.ar o www.paginasamarillas.com.ar); 2) Comisión Nacional de Comunicaciones; 3) Mapas (http://maps.google.com.ar o www.mapa.buenosaires.gov.ar); 4) Base de datos del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI); 5) CUIT Online (www.cuitonline.com); 6) Servicios varios de la Anses; 7) Situaciones fiscales o facturas apócrifas en la web de la AFIP; 8) Banco Central de la República Argentina (www.bcra.gov.ar/cenries/cr010000.asp); 9) Inspección General de Justicia; 10) Comisión Nacional de Valores; 11) Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, entre otros.

Asimismo, el texto contempla algunas técnicas a utilizar para la averiguación de la identidad de personas que utilizan Internet. Se explica cómo obtener los nombres, direcciones, o números IP de las conexiones a la web desde la obtención de un email o el tipo proveedores de servicios de Internet.

En cuanto a la Información Pública Arancelada, los elementos son distinguidos en dos grandes categorías: a) Sistemas de Riesgo Crediticio (Nosis, Veraz, Fidelitas); y b) Sistemas de Comercio Exterior (Nosis ExiNet, Mercosur OnLine, Tarifar).

Los recursos clasificados en Información Restringida, son aquellos accesibles a partir de convenios interinstitucionales celebrados por la Procuración General de la Nación, o de gestiones efectuadas por la Secretaría General de Coordinación Institucional. En este punto se dividen en los asequibles por Internet (Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, Registro de la Propiedad Inmueble, Dirección Nacional de Migraciones, Colegio Público de Escribanos de la Ciudad Autónoma del Buenos Aires) y los obtenibles por otros medios (Registro Nacional de las Personas, Registro Nacional de Buques).

El documento contempla además los Sistemas Aduaneros (María, Data-Warehouse Aduanero) y los organismos accesible por oficio: Inspección General de Justicia, Comisión Nacional de Valores, Caja de Valores, Dirección Provincial de Personas Jurídicas, Superintendencia de Seguros de la Nación, Dirección Nacional SINTyS, Administración Nacional de Seguridad Social, Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, Unidad de Declaraciones Juradas de la Oficina Anticorrupción, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial, Dirección de Catastro Provinciales, entre otros.

Finalmente, la resolución recomienda el uso de los Sistemas de Cruces de Llamadas como el Sistema de Vínculo por Análisis Informático de las Comunicaciones o el sistema desarrollado por la UFITCO. El instructivo concluye con técnicas para la intervención de correos electrónicos.

La nómina de accesos a bases de datos pertenecientes a organismos públicos e privado propuestos por la Procuración General fue publicada con el motivo de relevar la mayor cantidad de fuentes de información aptas para la consulta de las dependencias fiscales de todo el país en forma online.

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dju

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