23 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 24/12/2024

Plazo para acusar. Numerosas adhesiones a la propuesta de Agúndez

La posibilidad de imponer plazos para que la comisión de Acusación del Consejo emita dictamen generó debate en el cuerpo y diversas opiniones.

 

La posibilidad de determinar plazos para que la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura dictamine en torno a causas de los jueces por los cuales se ha pedido su remoción, generó opiniones enfrentadas en el seno del cuerpo.

Mientras voceros autorizados del Consejo de la Magistratura, se mostraron a favor de establecer un plazo –que podría rondar entre los 30 y 90 días- para emitir dictamen en torno a las denuncias por mal desempeño de los jueces, otros hicieron la salvedad de que ese período debería regir a partir de la obtención de las pruebas requeridas en la causa”.

Diariojudicial.com consultó opiniones con respecto al proyecto que ha obtenido media sanción en la Cámara de Diputados sobre la modificación a la Ley del Consejo de la Magistratura. Este proyecto se encuentra en la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado. El senador radical Jorge Alfredo Agúndez, quien al ser consultado ayer sobre la iniciativa que espera la votación en el Senado para convertirse en ley, indicó que entre las modificaciones que deben introducirse a la ley del Consejo se debería incluir establecer un límite –de entre 60 y 90 días- a la Comisión de Acusación, sobre el tiempo para definirse sobre un expediente.


Claudio
Kiper

Alfredo
Agundez

Lelia
Chaya

El consejero y camarista en lo civil, Claudio Kiper, manifestó que está de acuerdo, “porque la demora de la Comisión de Acusación en definirse le hace mal a los jueces y por ende a los justiciables, en tanto habría que implementar un plazo razonable”.

Una fuente cercana a la consejera María Lelia Chaya, aseguró que “estaría bien, aunque debería establecerse un tiempo –podría ser de 30 días- desde el momento en que las pruebas estén reunidas”. La consejera y jueza federal de la provincia de Neuquen, Margarita de Argüelles, prefirió no opinar sobre ese tema y sólo indicó que “es conflictivo para los jueces” que su situación se prolongue por tiempo indefinido.

Por otra parte una fuente vinculada al presidente de la Comisión de Acusación y diputado por la Alianza, Pablo Fernández, manifestó que “el tiempo es la potestad que tiene el Consejo para expedirse sobre la causa que involucra al magistrado” y que “el plazo de 60 días no es razonable por los tiempos que requieren ciertas causas”.


Pablo
Fernandez

Raúl
Madueño

Otros miembros del Consejo opinaron que hay expedientes que están congelados en la Comisión de Acusación, como por ejemplo una causa contra el juez Mariano Bergés, que está a la espera de una dictamen acusatorio o desestimatorio hace largo tiempo.

Hay un dictamen firmado por el consejero Miguel Angel Pichetto, desde diciembre del año pasado, referido a una denuncia contra una sala de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. También hay otras causas en la misma situación como la de los “Skinheads”, en la que integrantes de la Sala I de la Cámara de Casación Penal tienen un pedido de juicio político por haber absuelto a un grupo de jóvenes conocidos como los “skinheads” que habrían tenido comportamientos antisemitas, golpeando a un joven por el solo hecho de creerlo judío. En esta última causa, puntualmente algunos consejeros están a la espera un fallo de la Corte, cuando en realidad habría suficientes elementos como para decir si los camaristas están en condiciones de ser acusados por la Comisión de Acusación o bien desestimar el dictamen de pedido de remoción.

Mientras tanto hay numerosas causas “heredadas” de lo que fue la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados (unas 200), y una cantidad importante de jueces que deben soportar la “espada de Damocles” durante años sobre sus cabezas, en causas paradas que no se activan ni se cierran.

Persiste una situación indefinida, donde el magistrado sigue desempeñando sus funciones, aun cuando se encuentre cuestionado. Ni es removido, en caso de ser culpable, ni es liberado de la incertidumbre del proceso en forma razonablemente rápida, en caso de ser inocente.

La justicia lenta no es justicia, también para los jueces que deben tener la tranquilidad de espíritu necesaria para poder continuar con su labor cotidiana.



maría laura morales / dju
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