Se trata de una cobertura complementaria a la de las ART. Tendrá un tope máximo de 1 millón de pesos por trabajador y será autorizado por la Superintendencia de Seguros. Cuáles son los antecedentes en materia de jurisprudencia y legislación.
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) autorizará a las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) a ofrecerles a las empresas un seguro adicional que les cubra la "responsabilidad civil" en caso de accidentes laborales.
El plan es que este nuevo seguro cubra los eventuales reclamos que puedan realizar los trabajadores accidentados o sus familiares (aceptados por la Justicia), por encima de las indemnizaciones vigentes por la Ley de Riesgos de Trabajo que cubren las ART. El seguro, que será adicional de responsabilidad civil de accidentes de trabajo y que tendrá un tope máximo de 1 millón de pesos por trabajador, será autorizado en los próximos días por la Superintendencia de Seguros.
La iniciativa se basa en el impacto de los juicios de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sobre las empresas. La nueva póliza establece que la compañía aseguradora cubre: “El monto de las indemnizaciones que se acuerden o que resulten de sentencia judicial firme” del personal declarado “en razón de su responsabilidad civil por muerte o daños sufridos con motivo o en ocasión de su trabajo”.
La normativa toma como punto de partida el decreto 1694/09 que reconocía que los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación habían declarado la inconstitucionalidad de la Ley de Riesgos del Trabajo, en cuanto prohibía al trabajador recurrir a la Justicia para reclamar el resarcimiento integral por las lesiones laborales sufridas. La reglamentación facultaba a la Superintendencia de Seguros a “adoptar las medidas tendientes a la aprobación de líneas de seguro por responsabilidad civil en materia de accidentes de trabajo y enfermedades laborales”.
En septiembre de 2004, cuando la Corte declaró inconstitucional, a través del fallo "Aquino", el artículo 39 de la ley 24557 de Riesgos del Trabajo, que establecía que la única vía de reclamo era a la ART, por lo que en estos momentos un trabajador accidentado puede cobrar el seguro de una aseguradora y también iniciarle un juicio civil a su empleador.
Entonces, el Máximo Tribunal había resuelto declarar por unanimidad la inconstitucionalidad de la norma que “exime a los empleadores de toda responsabilidad civil” frente a sus trabajadores y a los derechohabientes de éstos, a excepción de la derivada del articulo 1072 del Código Civil. Indicaron los jueces que el trabajador luego de percibir la indemnización del seguro, puede reclamara a su empleador lo que entiende que es una diferencia indemnizatoria respecto a lo que le hubiese correspondido por el derecho común, no implicando la renuncia de una vía si se acepta la indemnización tarifada de la otra.
La búsqueda de soluciones comenzó cuando se sentaron a negociar los distintos sectores involucrados. La falta de acuerdo entre las cámaras empresarias y la cúpula de la CGT en torno a ese mecanismo, que habilita a los trabajadores a cobrar la indemnización del sistema y reclamar adicionalmente por vía civil un resarcimiento mayor, impidió en los últimos años acordar una reforma de la ley de ART. Mientras los empresarios, encabezados por la UIA, reclamaron una reforma que establezca la obligatoriedad de optar entre la indemnización o el juicio, los gremios mantuvieron en firme su rechazo a la eliminación del esquema del “cúmulo”, lo que impidió acordar un proyecto para reformular el sistema.
Según estadísticas brindadas por la Unión de Aseguradores de Riesgos del Trabajo (UART) a DiarioJudicial.com, a noviembre de 2010 hay 8.119.641 trabajadores asegurados por las ART y 814.111 empleadores registrados. Asimismo, otras cifras revelan que se producen anualmente más de 600 mil accidentes, de los cuales 800 son fatales, incluyendo los que se producen in itinere.
Además un reciente informe elaborado por la UART, consigna además que entre el 2004 y el 2009 la cantidad de causas se incrementaron: en 2005 ingresaron 6857 juicios; en 2006, 11697; en 2007, 17232; en 2008, 27170 y en 2009 más de 40 mil. Mientras que entre enero y diciembre de 2010 ingresaron unas 62 mil causas (en estos datos sólo se consideran los ingresos de juicios en ART).