20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Edmundo Hendler. Presidente de la Cámara Nacional en lo Penal Económico.

Con el juicio por jurados "se podría lograr que los abogados y los jueces empecemos a hablar en el lenguaje cotidiano"

 

En una entrevista con DiarioJudicial.com, el presidente de la Cámara en lo Penal Económico, Edmundo Samuel Hendler, aseguró que el hecho de que letrados y magistrados se expresen en el “lenguaje cotidiano” es uno de los mayores beneficios que traería la implementación de los juicios por jurados. Hendler, que recibió a este diario en su despacho de Av. de los Inmigrantes durante la feria judicial, contó que en ocasión de una visita a Estados Unidos tuvo oportunidad de entrevistarse con un juez federal quien le manifestó que los magistrados estadounidenses “de ninguna manera” quisieran quedarse “sin el jurado, porque el jurado es el contacto con el ciudadano”.

¿Por qué deberían implementarse los juicios por jurados?

Hay un hecho: todos sabemos que desde hace 150 años la Constitución está incumplida. Por qué, tal vez es una pregunta que me excede; deberíamos hacer una investigación sociológica e incluso antropológica. [Pero] si uno pudiera reflexionar, ligeramente, a mí se me ocurriría pensar que este incumplimiento de los legisladores a lo que la Constitución les encomendó específicamente que tenían que hacer, a lo mejor tiene que ver con una idiosincrasia. Parecería que hay una modalidad cultural argentina de desobedecer las leyes que no es que tiene su origen en el hecho de que los legisladores no cumplen con la Constitución, pero creo que algún parentesco debe haber. Cómo se le puede ordenar a los ciudadanos cumplir con la ley cuando los primeros encargados de cumplir con la Constitución, no lo hacen…

El juicio por jurados ya está vigente en Córdoba. ¿Cómo fue es experiencia y cómo impacta en la sociedad el hecho que cualquier delito pueda ser juzgado por un jurado y no por un tribunal profesional?

Cuando recién se había dictado la ley estableciendo el sistema de enjuiciamiento con participación ciudadana en Córdoba, a comienzos de 2005, fui invitado por una asociación de jueces a dar charlas y me quedé con la impresión de que había una resistencia sorda a la implementación, que había ‘mala onda’. Volví a Buenos Aires convencido de que aquella reforma no iba a prosperar. Al cabo de un par de meses, siguiendo un poco las publicaciones del diario La Voz del Interior, leí un editorial que corroboraba mi impresión. Este comentario hablaba de las dificultades, de que la gente no colaboraba, etcétera. Pasó un año y en Córdoba se habían desarrollado dos juicios con jurados. Y el editorial del diario empezaba a cambiar de tono y decía algo así como ‘dudas y certezas’. A los dos años ya había una cantidad enorme de experiencias. Fui nuevamente a los editoriales del diario y el cambio era de 180 grados. Todos se referían a las bondades del sistema. Incluso había una nota firmada por un fiscal que “aprobaba” la actuación de los jurados. Luego, apareció un artículo del presidente del Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, Armando Andruetñ que no podía contener elogios más grandes. A mí en lo personal me significó una sorpresa total. El juicio por jurados en Córdoba está funcionado, por supuesto que siempre habrá algún detractor, pero se desvirtúa el viejo argumento, repetido hasta el cansancio, de que la población argentina no está suficiente madura.

¿Cuáles son los beneficios que podría traer la aplicación del juicio por jurados a nivel nacional?

Hay muchos pero a mi me conmueve especialmente uno: lograr que los abogados y los jueces (me incluyo) empecemos a hablar en el lenguaje cotidiano que habla la gente y dejemos de hacer esas resoluciones ilustradísimas, llenas de vocablos que nadie entiende y que muchas veces son pésimas traducciones del idioma alemán y que son larguísimas. La necesidad de transmitir a los ciudadanos que no tienen una preparación jurídica especial las razones para resolver un caso de una u otra manera obliga a los hombres de Derecho a expresarse en el lenguaje cotidiano. Esta sola ventaja, me resulta tan importante, tan trascendente, que aunque más no fuera para lograr ese solo resultado, sería muy bueno que se estableciera.

A partir de la experiencia de Estados Unidos, y sobre todo de lo que se ve en películas de ficción, está la idea de que los jurados pueden ser corrompidos, que las partes pueden actuar sobre ellos para influenciarlos…

Ya me plantearon esto y en aquella oportunidad se me ocurrió proponer un ejercicio que observé en una revista hace años y que decía: “Piense como un ladrón”. Supongamos que tenemos la misión de corromper a un tribunal, para lo cual deberíamos averiguar quién es el juez a cargo, ver si se lo puede chantajear, si le debe algún favor político a alguien. Uno piensa primero en corromper a los miembros del tribunal, pero ¿Cómo hacemos para averiguar los antecedentes y lograr corromper a los 12 jurados?

En Diputados se está discutiendo la reforma al Código Procesal Penal que incluye el juicio por jurados. Por otra parte, en el Senado, la actual Presidente, presentó, mientras ejerció como senadora, un proyecto en ese sentido que durante 2010 fue reproducido por el senador Nicolás Fernández. ¿A nivel político, que chances ve para que efectivamente salga el juicio por jurados?

El proyecto que en su momento había enviado la actual Presidente creo que es muy bueno. Pero no quiero hacer vaticinios a nivel político: si hubiera tenido que hacer un vaticinio cuando Cristina Fernández de Kirchner fue electa presidente hubiera dicho que iba a salir, pero aún no se aprobó y ya lleva varios años en el ejercicio de la presidencia…

¿Cuáles eran los puntos fundamentales del proyecto de la Presidente?

Proponía un jurado clásico, de 12 miembros. Recuerdo que le dedicaba una prolija reglamentación a la necesidad que los jueces profesionales impartan instrucciones al jurado. Este es un punto importante. Es un momento fundamental porque tiene lugar esa interacción entre los jueces profesionales con los jurados. Entre las objeciones que se hacen, hay una que sostiene que el veredicto de un jurado se supone que no tiene fundamentación: el jurado dice culpable o inocente. Hay quienes dicen que contradice la idea del sistema republicano de que las decisiones no pueden ser arbitrarias. Pero ocurre que la forma en que los jueces indican a los jurados [cómo] deben tratar el caso es lo que después sirve para que la resolución sea revisada por la instancia superior.

Otro de los comentarios que se hace a menudo es que algunos jueces se sentirían desplazados por la aparición de los jurados. ¿Cómo se da en la práctica, en Córdoba, la articulación entre jueces profesionales y jurados no profesionales?

El temor que a lo mejor, sin querer confesarlo, algunos jueces sienten de que su rol va a quedar desplazado por la presencia del jurado no solamente es erróneo sino que ocurre todo lo contrario: la participación de la ciudadanía en las decisiones que adoptan los tribunales le da mayor trascendencia, las hace más confiables y les da mayor autoridad. Hace muchos años, durante una visita a Estados Unidos, mantuve una entrevista con un juez federal norteamericano y le pregunté, quizá un poco intencionadamente, si el tema de los jurados no era un poco “fastidioso”. Y el me dijo: “Los jueces de ninguna manera querríamos quedarnos sin el jurado, porque el jurado es el contacto con el ciudadano”. Los otros poderes del Estado, me dijo, no nos prestan atención a los jueces; la única atención que nos prestan es porque tenemos comunicación con la gente a través de los jurados. Yo creo que con este tema hay un montón de prejuicios injustificados. El jurado está llamando a intervenir en cuestiones vitales.

¿Por ejemplo, un jurado podría juzgar tanto un caso por delitos de lesa humanidad o un como el incendio en el boliche Cromagnon?

Seguramente que sí, son casos muy importantes que deberían ser resueltos con la intervención de la ciudadanía. Es mucha responsabilidad para un juez profesional resolver en este tipo de causas. Es decir, no es que deba rehuir [el juez] de su responsabilidad sino que es una decisión que debe ser compartida. Los jurados se pueden equivocar y los jueces también. [Por otro lado], hoy se habla de que el jurado está en declinación en Estados Unidos. Esto es cierto hasta cierto punto; hay dos cosas que aclarar. En Estados Unidos se está prescindiendo del juicio por jurados, pero no porque se prescinda del jurado, sino que se prescinde del juicio por una serie de leyes draconianas que se vienen dictando desde hace 20 o 30 años que dejan a los individuos acusados en la disyuntiva de tener que reconocerse culpables para acordar un castigo más o menos razonable y no correr el riesgo de ir a un juicio que los pueda someter a penas desproporcionadas como ser 25 años en prisión por un cheque sin fondos. Está declinando el juicio y no el jurado pero en ese país hay tanta implicancia entre juicio y jurado que a veces por una cuestión de lenguaje se habla del ‘declinar del jurado’ y lo que está declinando es el juicio. Y otra observación es que al mismo tiempo que se reduce la cantidad de juicios que se hacen, está ocurriendo otro fenómeno: para moderar estos excesos, la Corte estadounidense estableció una interpretación relativamente novedosa respecto de las atribuciones de quién puede decidir en un caso cuando concurren ciertas circunstancia de agravación incluso en aquellos estados que todavía aplican la pena de muerte. En todos estos casos, apartándose de lo que hasta ahora era la tradición del derecho común que venía de Inglaterra de que la pena es fijada por los jueces después del veredicto de los jurados, la Corte a partir de 2002 estableció que ninguna de estas circunstancias que conducen a la interposición de penas tan graves puede ser decidida sin intervención de los jurados. Según mi interpretación, esto responde a un objetivo de que el jurado funcione como lo hizo desde sus orígenes: como un moderador frente a los excesos en que pueden incurrir los legisladores.

Hace dos años el INECIP inició una campaña en la que contactó abogados de todas las provincias (salvo Córdoba) para que soliciten excepciones de falta de jurisdicción y que los tribunales convocaran a jurados. La intención era llegar, vía apelación hasta la Corte Suprema. ¿Hay alguna novedad?

De los incidentes de falta de jurisdicción que presentó el INECIP creo que ninguno llegó todavía a la Corte aunque hay algunos indicios en algunos fallos en los que el Máximo Tribunal insiste en rescatar que el sistema judicial argentino está inspirado en el estadounidense y que en la Constitución se habla de juicio por jurados. De ahí la Corte derivó otras cosas, pero los considerandos son clarísimos: que la Constitución previó, para la finalización de un proceso criminal, un juicio por jurados.



bárbara komarovsky

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