20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Lavado: hay que hacer "buena letra" con el GAFI

El proyecto enviado a Diputados plantea la posibilidad de que los jueces cuenten con nuevas facultades en la investigación de los delitos de lavado. Qué dice la ley vigente y qué modifica el proyecto enviado por el Ejecutivo al Congreso.

 

Desde el comienzo del 2011 la Argentina está en busca de “hacer buena letra” para no ser denominado como país “no cooperante” por parte del Grupo de Asistencia Financiera Internacional (GAFI). En este marco, la Unidad de Información Financiera (UIF) dictó más de una veintena de resoluciones en pro de un  “fortalecimiento de la política antilavado”.

A ello se sumó el pedido realizado en forma conjunta por el ministro de Justicia, Julio Alak; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández y los titulares de la bancada oficialista en el Congreso, Oscar Pichetto y Agustín Rossi, para que se apruebe el proyecto enviado en junio pasado al Parlamento.

Sin embargo, poco se habla sobre las modificaciones que el proyecto traería en lo referente a las nuevas atribuciones para la UIF e incluso las nuevas facultades que se presentan en el accionar investigativo de jueces y fiscales en causas de lavado de activos.

Entre otras cosas, el proyecto amplía las facultades de la UIF  al incorporar en el artículo 5  la posibilidad de que el organismo sea  querellante. Se agrega el artículo 14 bis a la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo.

El artículo 2 del proyecto redefine al organismo modificando el artículo 6 de la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo. La iniciativa que se pretende aprobar en el Congreso establece que será el encargado del “análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir la financiación del terrorismo… y el lavado de activos” provenientes del tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes, el contrabando de armas, las actividades de una asociación ilícita, los delitos contra el Estado, la prostitución de menores y pornografía infantil; y la extorsión y los actos reprimidos por la Ley Penal Tributaria. Estos últimos son crímenes subyacentes que se agregan en el proyecto.

Con respecto a los jueces, el proyecto los faculta a emplear “medidas especiales de investigación” adecuadas para perseguir el lavado de activos. Se incorpora a la futura ley el artículo 32 que especifica estas nuevas medidas, tales como, suspender la orden de detención de una o más personas; suspender el secuestro de instrumentos o efectos del delito investigado o diferir la ejecución de medidas de carácter coercitivo o probatorio.

Asimismo, podrá el magistrado “disponer la reserva de identidad de un testigo o imputado que hubiere colaborado con la investigación” y si se revelara indebidamente su identidad, quien lo haga, podría ser reprimido con una pena de uno a cuatro años de prisión y una multa de 50 mil pesos.

Otro cambio que se plantea, es la incorporación de nuevos sujetos obligados a los ya existentes, como por ejemplo los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades administradas por ellos; las asociaciones mutuales y cooperativas reguladas por las Leyes 20.321 y 20.337 respectivamente; las personas físicas o jurídicas dedicadas a la compraventa de vehículos de toda clase, y maquinaria agrícola; y las personas físicas o jurídicas que actúen como fiduciarios.

Por el momento el proyecto descansa con escaso tratamiento desde septiembre pasado en las comisiones de Legislación Penal y Finanzas de la Cámara de Diputados. Ahora Eduardo Fellner (FpV) dirigió una nota a los presidentes de las comisiones, Juan Carlos Vega (Legislación Penal) y Alfonso Prat Gay (Finanzas) sugiriendo la “urgencia” en el tratamiento del expediente, para lo cual solicitó “se convoque a reunión conjunta de ambas comisiones” para la semana que viene.

 



dju

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