18 de Julio de 2024
Edicion 7008 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/07/2024

Santa Fe le quita causas a los juzgados de 1º instancia y los manda a la Comuna

El gobierno de Santa Fe promulgó una ley para que los juzgados de primera instancia reduzcan su caudal de expedientes y delegó en tribunales comunales la atiención de mediaciones y juicios. También se priorizará la mediación para evitar y acelerar los litigios.

 

Este jueves el gobernador Hermes Binner promulgó la Ley de Justicia Comunitaria para Pequeñas Causas, una reforma introducida a la Ley 10.160 del Poder Judicial santafesino. La iniciativa propone que los procesos judiciales se inicien, y en lo posible se resuelvan, en las instancias de los juzgados comunales, y servirá para reducir el caudal de causas que ingresan a los Juzgados de primera instancia de distrito y circuito.

Esta medida, sancionada en marzo pasado, se enmarca en el proceso de cambio en el Poder Judicial llevado a cabo mediante la implementación de la mediación obligatoria y la reforma Procesal Penal. Por eso, los jueces comunales deben darle prioridad a la solución de los conflictos en la instancia de la mediación, aunque en los Juzgados Comunales se podrán llevar a cabo los litigios y no servirán solo para mediar.

También, como asegura el texto de la Ley, "el procedimiento será gratuito para las partes, las que no deberán pagar tasa alguna". Además, como afirman en un comunicado los legisladores, se "instituye un procedimiento abreviado, basado en los principios de oralidad, simplicidad, celeridad, economía, inmediatez, que permitirán a la población obtener una protección efectiva de sus derechos sustantivos".

Los Juzgados Comunales, a pesar de que ya existían, contaban con menos elementos para participar en las instancias judiciales, pero ahora, con la sanción de la Ley, adquieren más competencias y un proceso especial.

Por ejemplo, podrán "decretar medidas cautelares en caso de urgencia acreditada y cuando peligren derechos por la demora".

A su vez, los aspirantes a jueces comunales deben ser abogados o procuradores generales con más de tres años de ejercicio, y deben ser santafesinos o tener más de dos años de residencia. Con esta medida, quieren que "disminuyan las distancia, económicas, de tiempos de espera" que se suscitan cuando una persona quiere iniciar un trámite judicial y debe dirigirse hasta un Juzgado que puede ser muy cercano a su pueblo o localidad.

En la ceremonia de promulgación también estuvieron presentes los ministros de Justicia y Derechos Humanos, Héctor Superti, de Gobierno y Reforma del Estado, Antonio Bonfatti, entre otras autoridades de la provincia.



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Ley juzgados comunales santa fe reforma poder judicial

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