Estimados señores: por fin después de meses de investigar en Internet, encuentro un artículo que resume toda la hipocresía contenida en esta ley 25743. Yo soy coleccionista de monedas antiguas, miembro del Centro Numismático Buenos Aires, buzo profesional y detectorista de metales. Dicha ley no me sabe responder a la pregunta: si encuentro un arcón con monedas, enterrado en medio del campo, sin estar rodeado de ningún contexto de yacimiento arqueológico, ¿Puedo ser dueño de la menos el 50% de lo encontrado? ¿qué es lo que vale? El artículo 2550 del Código Civil ? o tengo que denunciarlo inmediatamente ante el INAPL para que el Estado se apropie de lo encontrado? El favor de una respuesta les será inmensamente agradecido. Cordialmente: Rubén Lianza