22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Dos por uno: Una ley inútil

La Cámara de Casación no considera irrazonables o que no se ajusten a derecho los proyectos parlamentarios para la reforma de la ley 24390.

 
Los jueces de la Cámara Nacional de Casación Penal no consideran "irrazonables" o "que no se ajusten a derecho" los proyectos parlamentarios de reforma a la ley 24390, conocida como de "dos por uno", pero existe consenso que su vigencia debió haber expirado con la introducción de la oralidad.

Así lo admitieron voceros del máximo tribunal penal a Diariojudicial.com quienes explicaron que su aplicación -"salvo en causas muy complejas"- dejó de ser de utilidad para la Justicia Nacional, y que habría que analizarlo en el ámbito de "las justicias provinciales".

Sin embargo, sostuvieron que tras la reunión que mantuvieron esta semana con el ministro de Justicia Jorge De la Rúa, en la que se analizaron los distintos proyectos parlamentarios, que podrían unificarse alrededor del presentado por el actual viceministro Melchor Cruchaga, "su contenido no parece irrazonable", admitiendo de ese modo que podría existir una franja de coincidencia con lo que resuelva el Parlamento.

Por su parte, el ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Jorge Casanovas, quien fue presidente de la Cámara de Casación antes de pasar a ocupar su actual cargo, reiteró su pedido para que el "dos por uno" sea derogado al sostener que "Argentina es el único país del mundo que dictó una ley para computar doble el plazo de prisión preventiva y que les otorga la excarcelación a los dos años sin sentencia firme".

Asimismo, el funcionario señaló que el Pacto de San José de Costa Rica "no exige plazos definidos porque si fuera así todos los países signatarios tendrían una ley similar a la nuestra".

Casanovas -quien formuló declaraciones en la Legislatura Bonaerense- ratificó la postura de sus ex colegas de Casación al afirmar que el “dos por uno” tenía como objetivo "que los procesos duraran menos y que los presos tuvieran una compensación en función de la demora e incertidumbre a la espera de las sentencias".

“Desgraciadamente los efectos han sido otros porque hay cada vez más procesos que duran más, y menos condenados", afirmó en alusión a la utilización de las apelaciones como un período para que se computen dobles los días en prisión sin sentencia firme.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486