La Cámara Civil confirmó un fallo de primera instancia que condenó a la revista Gente a indemnizar con 300 mil pesos a Nicole Neuman y Fabián Cubero por unas fotos que les tomaron en una chacra de la modelo cuando fueron “descubiertos” en su romance. Para los jueces se produjo “un ejercicio abusivo del legítimo derecho a informar”.
La sala J de la Cámara Civil, integrada por Beatriz Verón, Marta del Rosario Mattera y Zulema Wilde, confirmó una sentencia en la que se condenó a la revista Gente a indemnizar a Nicole Neuman y a Fabian Cubero con 300 mil pesos por las fotos que aparecieran publicadas en la revista en 2006 y que fueran tomadas sin autorización de los protagonistas.
Se trata de la causa “Unteruberbacher, Nicole c/ Editorial Atlántida S.A. y otro s/ Daños y Perjuicios” (en conjunto con el expediente “Cubero, Fabian Alebrto c/ Editorial Atlántida S.A. y otro s/ Daños y Perjuicios”) que se inició luego de que en octubre del 2006 la revista Gente, perteneciente a la editorial Atlántida, publicara una fotos de la pareja mientras se encontraba tomando sol dentro de una chacra perteneciente a la modelo.
La editorial consignó que “no se ha violado el derecho a la intimidad y al honor” ya que argumentaba que Nicole Neuman desarrolló “su extensa trayectoria y consentido (aún implícitamente) los más mínimos detalles de su esfera privada”, entre ellos “sus romances, desventuras, separaciones, etc.” y que “ha utilizado a los medios de prensa como una forma de promocionarse y buscar fama”.
Siguiendo esta línea adujo que la modelo “redujo considerablemente su esfera de privacidad”, y por tanto, “las fotografías son razonables y coherentes con el nivel de exposición desplegado”.
“Las fotos difundidas tienen el interés general de la comunidad por tratarse de una reconocida modelo y de un jugador de fútbol capitán de una de las escuadras más importantes del medio local”, explicaron desde la revista Gente y añadieron que, por ello, “no promedió ejercicio abusivo del legítimo derecho a informar”.
Los Camaristas por su parte consignaron que la revista incurrió “en infracción al ‘deber genérico de no dañar’” y responsabilizó de ello al fotógrafo y a la editorial, ya que consideran que “efectivamente han vulnerado derechos de naturaleza “personalísima” de los accionantes, provocaron la lesión de su integridad espiritual y afectaron su honor, su intimidad e imagen”.
“Desde la misma portada de la revista agregada como anexo de documental, ya se desprende la ilicitud” consignan y agregan que “las tomas fotográficas fueron presentadas entonces cual valioso botín periodístico” pero para los jueces son un “entrometimiento”.
“Bajo ningún punto de vista pueden ser consideradas como el mero y llano ejercicio de la prensa, aún cuando se trate de personas “públicas” o “expuestas” a los medios periodísticos debido a la profesión que ejercen cada uno en su actividad o ámbito”, sentencian.
Los magistrados vieron vulnerada la “reputación” y el “honor” de la modelo y el futbolista, razón por la cual, hubo “afección de la reputación o fama ante los demás”.
“No caben dudas que en la especie ha promediado un ejercicio abusivo del legítimo derecho a informar”, concluyen los jueces, y confirman la condena hacia a editorial que deberá desembolsar 300 mil pesos para la modelo y el futbolista.