20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Ricardo Guarinoni. Juez de la Cámara Civil y Comercial Federal.

"Ya no tiene sentido separar el sistema de obligaciones civiles y comerciales"

 

 

Ricardo Víctor Guarinoni es titular de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal. Además, es profesor de Filosofía del Derecho en la UBA y en posgrados de otras casas de estudio. Será uno de los encargados de articular, a través del Poder Judicial, los cambios que la presidenta Cristina Fernández solicitó que sean introducidos al Código Civil. El magistrado habló de ese tema con Diario Judicial.com y también del divorcio, los contratos prenupciales y del caso que lo involucró en una denuncia junto a otros jueces por prevaricato presentada por el abogado Leguizamón Peña.

¿Qué opina de las solicitudes a la reforma del Código Civil realizadas por la Presidenta Cristina Fernández? Por ejemplo, en los términos de la adopción.

Pienso que la reforma del Código Civil debería implementarse, todavía no sé el contenido que le piensan dar pero ciertamente la adopción es una de las instituciones que deben reformarse, sobre todo para agilizar los trámites y los graves problemas que existen siempre que se registran demoras, o las burocracias que se superponen para que la gente pueda conseguir alguien en adopción. Respecto de las demás reformas que se han propuesto, me gustaría leer el proyecto, pero me parece interesante, tengo una gran confianza en los integrantes de la comisión de reforma, creo que ellos van a hacer una iniciativa interesante.

Se habla de la unificación con el Código Comercial.

Es una vieja discusión. La Argentina es uno de los países que tuvo el Código de Comercio separado del Civil, pero en muchos países está unificado. Por ejemplo en Italia, el sistema de obligaciones civiles y comerciales está unido. Quizás a esta altura de los tiempos realmente no tiene sentido, por ejemplo, separar los contratos y las obligaciones civiles y comerciales y creo que unir sería mucho más productivo. Lo que no sé es si vale la pena unificar las jurisdicciones. Yo creo que no, que las distintas competencias de las materias porque es obvio que la aplicación de las leyes de concursos, etcétera, requiere de una capacitación especial.


 

Con relación a los divorcios, el proyecto en curso en el Congreso propone agilizar los plazos. ¿Usted qué opina?

En realidad yo creo que esto es un poco ponerse a la altura de los tiempos y es cierto que hoy en día, se pongan o no se pongan plazos, las separaciones existen, y esto hay que reconocerlo. Quizás agilizando un poco los trámites se obtiene satisfacción en algunas casos en los cuales la excesiva demora provoca problemas a la gente que quiere divorciarse. Yo en este sentido creo en la libertad de lo que haga o pretenda la pareja.

¿Qué opina acerca de los contratos prenupciales?

Yo creo que es una institución que esta aceptada en buena parte del mundo y no creo que provoque demasiados problemas. Me parece que hay un prejuicio en contra de esto en la medida en que se creía que la institución del matrimonio era una institución emparentada con el matrimonio religioso, por lo tanto, las consideraciones crematísticas no tendrían lugar. Yo creo que obviamente en todo matrimonio hay cuestiones de intereses y si se resuelven con un pacto previo al matrimonio no veo que pueda ser algo malo.

¿Está de acuerdo con la flexibilización del régimen de adopciones?

La adopción es una de las instituciones que hay que modificar porque el sistema evidentemente no funciona bien. Por lo menos por las demoras en el tiempo que existen creo que es algo que hay que cambiar.

¿Considera que hay algún tema en particular que debiera ser tratado en la reforma?

Creo que la convocatoria a unificar la legislación civil y comercial va a llevar a una reformulación amplia del Código Civil, y creo que van a ser tocados todos los temas porque un Código es un cuerpo de artículos que están relacionados intrínsecamente y hay que modificar muchos de los artículos generales cuando se modifica una institución en particular. No leí el proyecto de reforma pero estimo que todo estará bien contemplado.

El Episcopado planteó la necesidad de intervenir en la reforma del Código Civil porque dicen tener una serie de aportes al respecto.

Yo creo que no tienen injerencia, salvo que sea como opinión de todos los sectores interesados en determinadas instituciones. Me parece que el episcopado no tiene ningún privilegio porque por más que se trate de cuestiones que tienen su contraparte religiosa, se está hablando de instituciones civiles que son laicas y no tienen ninguna conexión con ningún credo, ni el episcopado ni ninguno de los otros credos que existen en el país. Me parece que una reforma civil, de una institución, como el matrimonio, es atribuible a los poderes públicos laicos.

En otra cuestión, han dictado el sobreseimiento de los magistrados denunciados por el abogado Leguizamón Peña en la causa donde fueron denunciados por prevaricato. Entre ellos se encontraba usted. ¿Qué tiene para decir al respecto?

La verdad es que estoy, obviamente, muy satisfecho con el hecho de que el juez torres haya dictado un sobreseimiento con respecto a todos los que fuimos denunciados en el expediente, expediente en el que el Dr. Leguizamón Peña nos ha imputado de prevaricato y además de recibir dádivas, lo cual por supuesto no pienso dejar sin respuesta y estoy esperando a que el magistrado firme el sobreseimiento para iniciar acciones civiles contra el abogado porque no solo quedó demostrado que no había ninguna prueba, ningún tipo de hecho que se pudiera adjudicar a ninguno de los jueces denunciados, sino que se demostró que la ligereza con la que se realizo la denuncia en realidad tenía un trasfondo malicioso que era la de poder recursar con causa a los magistrados en el futuro en todas las causas en las cuales el denunciante fuera el abogado involucrado, con lo cual lo que se buscaba era obtener ventajas procesales a través de una denuncia penal sin reparar para nada en que el ataque a la honra de los magistrados que se estaba realizando. Por eso la indignación que yo sentí cuando vi la denuncia quedó compensada con el hecho de haberse dictado el sobreseimiento pero esto también va a ser objeto de un nuevo tipo de delegación judicial.


La Cámara tiene una posición frente a este tipo de denuncias que realiza el abogado Leguizamón Peña, en este sentido, ¿habría que realizar una actualización en el Código Civil o el hecho de que los jueces se aggiornen es suficiente?

Yo creo que no hace falta modificar el Código Civil, creo que se trata de responsabilidad civil que se puede manejar con los artículos existentes. Entiendo que no hace falta agregar algo acerca de las nuevas tecnologías en ese sentido. Y ya hay jurisprudencia en varios lugares del mundo acerca de la responsabilidad de los buscadores, en la Argentina hubo solamente un par de fallos, uno de ellos fue el del fuero civil que fue el que motivó la denuncia de Leguizamón Peña pero todos basados en la aplicación de normas generales de responsabilidad civil.

¿Usted considera que la magistratura civil está a la altura de estas nuevas tecnologías? ¿Han sabido interpretar bien el uso de buscadores y demás?

Todavía es muy temprano para decirlo porque ha habido pocos fallos. Incluso a través de la forma en que se realizaron las acciones, especialmente, a través de este doctor Leguizamón Peña, lo que se buscaba era sobre todo conseguir medidas cautelares, y después se abandonaba ese expediente. Tal es así que en nuestro fuero hay un solo fallo de primera instancia al respecto y todavía no hay ninguna sentencia definitiva de Cámara, solamente se han tratado medidas cautelares.

Para finalizar, al ser profesor de Filosofía de Derecho, quisiéramos saber su opinión acerca de la movilidad de las leyes y las normativas en general.

En realidad, existe un problema que es que las leyes están expresadas en términos universales, y para aplicar una norma universal en un juicio particular hay que hacer una serie de inferencias, entre otras, algunas que tienen que ver con problemas de lenguaje que hacen que por una cuestión de vaguedad que no se puede solucionar a través de definiciones, porque las definiciones también se hacen en términos de clase que también suelen ser vagos y esto lleva en a que hay un grado de determinación lingüística que es irreductible, por eso es que las normas no se aplican automáticamente y es por eso que existimos los jueces (risas), entre otras cosas. De lo contrario bastaría para que un legislador sancionara una norma para que se aplicara, pero las normas hay que interpretarlas. Existen casos fáciles de interpretación que son aquellos en los cuales todos están de acuerdo en que se cumple la norma y hay otros casos en los que hay que interpretar otras normas que a su vez se enmarcan en un conjunto de normas y hay que elegir entre todas las que rigen a un Estado que son cada vez más, cuál es el que vamos a usar para llegar a una solución, de acorde a ese proceso las soluciones pueden variar. Es imposible variar en un cuerpo de normas como los que hay en cualquier estado moderno para que no haya interpretaciones contrapuestas. Porque solo con cambiar las elecciones es como cambiar la premisa de un razonamiento. Entonces no se puede descartar que por razones lingüísticas, por esta vía de la selección de normas, siempre haya interpretaciones posibles diferentes, no hay normas que se apliquen automáticamente, para eso estamos nosotros.



santiago pérez
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486