28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Buen olfato policial: esto olía mal

La Cámara del Crimen convalidó el accionar de un policía que al ver que una persona empujaba una moto sin casco le requirió los datos pertinentes y comprobaron que había robado el rodado, por lo que lo detuvieron.

 

La sala VII de la Cámara del Crimen, con las firmas de Juan Esteban Cicciaro y Marcelo Roberto Álvero, confirmó el rechazó de un planteo de nulidad contra el accionar de policías que requisaron y detuvieron a una persona a la que vieron en una actitud sospechosa.

Se trata de la causa “M., A., s/nulidad” en la que la defensa de un imputado por robo presentó un planteo de nulidad respecto de la requisa y detención de su defendido que fuera detenido en la calle mientras arrastraba un moto sin tener casco.

Según consta en el expediente, los efectivos policiales observaron al imputado empujando una motocicleta sin casco. Este al obsérvalos, simuló acomodar la mochila que portaba, “poniéndose nervioso” a medida que se acercaba. Por lo que los plicias le solicitaron la documentación pertinente.

En ese momento, el imputado “manifestó espontáneamente que pertenecía a su tío, situación que rectificó al reconocer que la había sustraído; ello, cuando el policía procedía a efectuar la consulta pertinente”.

Los magistrados sostuvieron que “la situación fáctica expuesta persuade acerca de la legitimidad del procedimiento” ya que “se justificaba que acreditase la titularidad del motovehículo en función de las particularidades descriptas”.

Asimismo, “las manifestaciones de aquél en torno al origen del bien, que resultaron exentas de coacción alguna -y por tanto, válidas- motivaron la requisa de la mochila aludida y la detención”.

Por ello también valoraron que el dueño de la moto dejó en la vía pública el rodado asegurado con una cadena candado en la intersección y “el hecho de haberse secuestrado de la mochila del incuso los elementos aptos para forzar dicha defensa, persuaden acerca del acierto del auto de mérito, extremo por el que habrá de ser homologado”.

 



dju
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