20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Candidatos a juez, a tener paciencia

Suspendidos los concursos en la Ciudad

La Legislatura porteña aprobó una ley que suspende por dos años los concursos para jueces en el Poder Judicial capitalino. La nueva ley incorpora una “clausula transitoria” que permite al Consejo mantener órdenes de mérito por ese lapso a los concursos ya vigentes.

 

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la Ley 4152, mediante la cual creó una nueva sala en la Cámara en el fuero en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad aunque no fue lo único que aprobó ya que en la misma ley incorporó una clausula transitoria que le permite al Consejo de la Magistratura de la ciudad “suspender” los concursos porteños por el plazo de dos años.

Concretamente la clausula en cuestión le permite al Consejo porteño “mantener la vigencia de las órdenes de mérito definitivas que confeccione para todos los concursos en trámite destinadas a cubrir las vacantes que se produzcan para igual cargo, instancia y fuero por el plazo de dos (2) años a partir de su publicación”.

Es decir, ante la generación de nuevas vacantes para cargos similares durante los próximos dos años el Consejo no abrirá ningún nuevo concurso sino que se remitirá a las órdenes de mérito ya existentes y enviará la terna correspondiente para el cargo.

Algo similar ya había realizado el organismo en su última reunión plenaria, tal y como lo consignó este medio, ya que aprobó la resolución plenaria 59/2012 en la que dispuso que las ternas definitivas que se elaboren en los diez concursos que se encuentran en etapas finales en el organismo mantengan su vigencia por un año para cubrir las vacantes que se produzcan, lo que ahora fue extendido a dos años por ley.

Desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) destacaron que esta acción realizada por los legisladores les permite comprobar que “la búsqueda de los mejores jueces para la ciudad (los más idóneos, resultantes de un sistema transparente, equitativo y razonable) no es el valor fundamental y primordial para los legisladores ni para el Consejo”.

“No se puede soslayar que la fundamentación del Consejo, en el primer párrafo de la segunda página de los considerandos de su resolución, donde aluden a “razones” de ahorro de recursos para justificar la cancelación de los concursos es casi un canto a violación del principio de razonabilidad constitucional en las reglamentaciones”, agregan.

En otro orden de cosas, la creación de la nueva sala, la tercera, en el fuero CAyT también contempla que los cargos que se generen serán cubiertos “con al menos el cincuenta por ciento (50 %) de personal que revista funciones en el Consejo de la Magistratura al 31 de diciembre de 2011".

 



dju

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