22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024
Santiago Legarre. Investigador del CONICET.

"No hay una noción de que lo resuelto por la Corte es vinculante "

 

Santiago Legarre es investigador del CONICET y docente titular de Derecho Constitucional en la facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina. Según expresó en la entrevista con Diario Judicial, aún faltan condiciones para que los estudiantes de la carrera se sientan atraídos por la investigación académica y elijan ese camino en lugar del de abogado litigante o de  funcionario de la Justicia. De todas formas, aseguró que la tendencia de crecimiento en la materia es positiva. También opinó sobre la factibilidad de llevar adelante esta forma de ejercicio del Derecho y la aplicación efectiva de los resultados en la realidad cotidiana de letrados, jueces y demás integrantes del mundo judicial.


¿De qué forma se aplica la investigación académica en Derecho?


La investigación académica en Derecho es algo bastante reciente, se puede decir que en general y en especial en Argentina donde tradicionalmente los trabajos científicos de Derecho eran escritos por abogados que trabajaban la mayor parte del día en estudios jurídicos o jueces que estaban la mayor parte del día en sus juzgados o en sus respectivos lugares de trabajo y le dedicaban casi como hobby un tiempo a escribir, a publicas libros o artículos. En cambio la idea de dedicarse a investigar o dar clases como una profesión en sí misma para los hombres de Derecho en Argentina es algo que fue virtualmente inexistente hasta hace algunos años. Era algo raro y es inclusive hoy algo muy raro que un abogado se plantee como profesión la investigación y la docencia. Cuando te preguntan por ejemplo en un encuentro social, o algo por el estilo, “¿y vos a qué te dedicás?”, si decís que sos abogado no estás diciendo la verdad porque no ejercés la abogacía en ninguna de sus dimensiones, si decís que sos profesor inmediatamente te preguntan, “¿qué más hacés?”. Así como en física, química, filosofía, uno concibe que alguien en un encuentro alguien diga que es profesor o investigador del CONICET, en Derecho parece como que falta algo.

 


 


¿Cómo se aborda una investigación académica de Derecho en los términos científicos que espera el CONICET?


Una preocupación que tienen algunos de mis colegas (tengo muy pocos colegas por lo que te acabo de decir, tengo miles de colegas abogados pero no son mis verdaderos colegas) que han decidido dedicarse full time a esta profesión en la investigación es la independencia. Ellos dicen “solamente nosotros podemos ser independientes de intereses espurios o no pero que te van a condicionar”. Entonces, piensan, si soy investigador voy a tener la independencia. Ese es un tema entre mis colegas. Yo tengo más que esa, otra preocupación que es que poder hacer investigación y docencia en Derecho requiere verdaderamente dedicarse y ese es el principal requisito y ese requisito como decía antes, existe muy poco. Vas a encontrar pocos estudiantes que digan “mi profesor se dedicar a la universidad”. Entonces el primer paso yo creo que va en la dirección de decir qué es ser un investigador como lo que espera el CONICET o una universidad seria. Es una persona cuya profesión es la academia, son sus conferencias, sus viajes académicos.

Siguiendo en esta línea, ¿cuál sería la relación entre el trabajo realizado en el CONICET en el área de Derecho y, por ejemplo, las posiciones de algunas personas acerca de lo estático en los cuerpos normativos?

Hay tantas posiciones como profesores e investigadores hay, ya sean del CONICET o no. No hay una única visión. Los investigadores del CONICET a tu pregunta contestarían, algunos, que es un sinsentido, que parte de alguien que se dedica a la Sociología, por ejemplo. Y otros dirían que ese es el planteo correcto, y la manera en que hay que aborarlo es rechazando la visión estática y normativa, y otros dirían que hay que buscar lo estático y normativo como lo ideal de la interacción. Lo único que puedo contestar es que el que se plantea una carrera de investigación lo tiene que hacer en diálogo con la sociedad y buscando que lo que él está investigando tenga un resultado que se vuelque en esa sociedad. Por ejemplo, uno de los principales temas que investigo es el funcionamiento de la obligatoriedad de las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Estudio eso porque pienso que tiene un impacto práctico relevante. El error en el que se cae es pensar que en el ámbito del Derecho y de otras disciplinas sociales se puede aplicar un criteriio de disciplinas de otro tipo donde se pueden volcar los resyultados de una manera mucho más visible, mediante experimentos, estudios, estadísticas, que como en Derecho solo se pueden hacer forzando la naturaleza de la disciplina, como en muchos casos, en la mayoría, entonces si se pide eso al Derecho es pedirle que se suprima como disciplina científica y volvemos al escenario donde en el CONICET solo había Química, Física, Biología pero no había que pensar jamás en Derecho o en Filosofía. La tendencia es la contraria, ahora cada vez entra más gente de estas disciplinas al CONICET.

¿Por qué cree que en el mundo del Derecho no hay tanta gente que se dedique a la academia? ¿Cuál es el perfil medio del estudiante de la carrera que hace que no se vuelque a esta actividad?

El perfil paradigmático es el del profesor “taxi”, que viene en taxi a dar la clase y se va. Su profesión está en otro lugar, no está ne la uniuversidad, entonces es lógico que muy pocos estudiantes se planteen la carrera académica, porque no tienen ningún referente. ¿Cuál es el perfil que habría que buscar? Es uno que se empieza a instalar en la sociedad y particularmente en el ámbito de los abogados, donde se entienda que la academia también es una opción válida como lo es la judicatura, la abogacía, las relaciones internacionales o la política, por decir algunas de las cosas que pueden ahcer los abogados, que pueden hacer cualquier cosa, pero nunca profesores.

Sobre su tema de estudio, ¿cree que la función de la Corte Suprema está siendo efectivamente realizada en torno a las causas que retornan a los juzgados? ¿La Corte debería sentar más precedentes con sentencias propias?

En la medida en que la pregunta se refiera al hecho más bien técnico de que una causa tenga que volver al tribunal inferior para que resuelva algunos aspectos del expedientes que no fueron resueltos por la Corte, es algo que prevé la ley y a lo cual yo no le veo iinconveniente y más aún diría que en la mayoría de los casos es necesario por razones que excedería mucho explicar en esta entrevista. En cambio si la pregunta se refiere a que la Corte y los tribunales inferiores tienen que tratar muchas veces los mismos hechos porque no hay criterios claros o no hay una noción de que lo resuelto por  la Corte es vinculante para los tribunales inferiores creo que sí hay mucho que corregir en dirección a una mayor obediencia, mayor obligatoriedad de las sentencias de la Corte Suprema de la que hay en este momento.

Con el tema de la Corte, recientemente el diputado Jorge Yoma presentó un proyecto para crear un Tribunal Nacional de Casación que revisaría los recursos por arbitrariedad y le quitaría trabajo al Máximo Tribunal de Argentina. ¿Esto viola alguna manda constitucional? ¿Podría darse efectivamente?

Son dos preguntas diferentes, porque podría darse efectivamente y sin embargo violar una manda constitucional. Entonces, vamos por una. ¿Podría darse efectivamente? Sí, podría darse, porque en Argentina pueden darse las coas ilegales e inconstitucionales. ¿Viola alguna manda constitucional? Es un tema difícil y dudoso, es un tema que se ha discutido en nuestro país, más o menos por el año ’82, Vanosi que fue diputado de la Nación hizo uina propuesta sobre un Tribunal Nacional de Casación y si no recuerdo mal hay algunos trabajos de él que preveían las posibles inconstitucionalidades que tendría la existencia de un Tribunal Nacional de Casación del Derecho Común respecto de lo que se llama la reserva de las jurisdicciones provinciales, que hace el entonces artículo 67 inciso 11, hoy 75 inciso 12 después de la reforma del ’94. O sea, un tema espinoso si sería violatorio, por usar tu palabra, de una manda constitucional el crear un tribunal nacional de Casación, no podría darte en este momento una opinión terminante.



¿Qué opina de una eventual reforma de la Constitución?

Me parece que sería un error reformar nuevamente la Constitución, porque si bien a mí la reforma del ’94 me parce mala en muchos de sus aspectos, el mensaje que se transmitiría a la ciudadanía y también a la juventud reformando la Carta Magna a 18 años de haberla reformado por última vez sin que haya ocurrido un terremoto jurídico que exija el cambio se acerca bastante a una tomadura de pelo. A alguno le podrá agarrar la tentación de decir “sí, reformémosla para anular la del ‘94”, que no es el caso de los que ponderan los cambios de los que vos estás hablando. Pero incluso esos que piensan que la última fue un error total, como yo, entienden que ya está, ya se hizo. Ahora si de lo que se trata es de permitirle en este caso a la presidente o a un presidente X la reelección entonces hay que blanquear y poner sobre la mesa esa verdad. Eso no es “estudiemos la reforma de la Constitución”, es “¿por qué no la reformamos para que pueda ser reelegida esta persona?”.

¿Considera que hay algún aspecto de esta Constitución que deba ser reformada?

La verdad que si te diera una respuesta ahora sobre qué aspectos de la reforma del ’94 que a mi juicio había que sacarlos para que quede como antes, sería una respuesta improvisada. Me parece que no tiene mayor sentido que pongamos una pausa para que pueda darte una respuesta valiosa.

¿Sería necesario que los estudiantes de abogacía se dediquen más a la investigación académica para poder problematizar sobre algunas cuestiones de Derecho? ¿Habría que hacer algún cambio del paradigma educacional para que esto se dé?

Empezando por la segunda parte de tu pregunta, la contracara del profesor “taxi” es el alumno “taxi”, que aunque no se tome taxi es el que trabaja ocho horas que representa el 90% del estudiando. La gran revolución, el cambio de paradigma sería que la gente que pudiendo hacerlo, como la hay mucha que lo puede hacer, se dedicara de verdad a la universidad. Pero para poder hacerlo tiene que tener una oferta atractiva, tiene que tener profesores que lo van a guiar y que vean la oportunidad de aprender bajo la guía de alguien está ahí para guiarlo, que tengan lugares donde se puedan publicar sus investigaciones. Es como un círculo vicioso que en la medida en que se empiece a romper va a empezar a haber revistas, publicaciones. Hay algunos indicios de mayor dedicación dentro del Derecho, porque en otras disciplinas hay mucha más dedicación de los estudiantes al estudio y la investigación. Física, Ingeniería, por ejemplo, el Instituto de Tecnología de Buenos Aires (ITBA) es una institución privada que tiene unos niveles de dedicación de los estudiantes parecido a los de cualquier universidad de prestigio mundial, ahí olvidate de trabajar. Universidades privadas que han empezado facultades de Derecho en estos últimos 20 años. Cuatro o cinco de ellas también tornan imposible en la práctica tener un trabajo que no sea un trabajo anecdótico o como becario. Hay como algunas señales en el horizonte, también en la universidad estatal que ha mejorado muchísimo en los últimos años, que muestran que vamos a un mayor trabajo académico.



santiago pérez

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