21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024
Publicidad de actos y otros trámites legales

Que del plenario todo se conozca

En pleno, la Cámara de Casación Penal reformó su reglamento interno para garantizar la publicidad de los actos de gobierno y agilizar el trámite del recurso de inaplicabilidad de ley. Para ello facilitó el acceso de ONG para presentarse como amicus curiae y el trámite para el dictado de fallos plenario. Los detalles.

 

El pleno de la Cámara de Casación Penal firmó, el pasado miércoles, la acordada 3/2012 mediante la cual se dispuso reformar el reglamento interno del tribunal para “evitar que se afecten derechos”.

Para ello, el texto firmado por el pleno de la Cámara de Casación, modificó los artículos 10 y 11 del reglamento con el objetivo de “agilizar el trámite del recurso de inaplicabilidad de ley” y “profundizar el Estado de Derecho en la República Argentina”, “garantizar la publicidad de los actos de gobierno”.

En este sentido se modificó la reglamentación en lo referente al trámite de los plenarios que se realicen cuando haya necesidad de “unificar la jurisprudencia de sus Salas o evitar sentencias contradictorias” y “para fijar la interpretación de la ley aplicable al caso”, tal y como lo establecen los incisos b) y c) del artículo 10 de la ley 24.050.

Tal y como detalla la acordada, una vez presentado un recurso de inaplicabilidad de la ley, la sala de origen (si no lo rechaza in limine) “lo elevará a la Presidencia a través de la Secretaría de Jurisprudencia” donde “La admisibilidad y las cuestiones previas” serán decididas por el presidente de la Cámara y los presidentes de las cuatro salas.

Si el proceso continua, con la aceptación de los de mas miembros para la realización de un acuerdo general, tras decidir el temario de este se publicará en los sitios oficiales del Poder Judicial para que tome “conocimiento público” y la posibilidad “de la eventual presentación de amicus curiae”, ello “en los términos que habilita la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

Con el temario en la mano, el presidente solicitará dictamen del ministerio Publico Fiscal y luego los camaristas “reunidos en Acuerdo General, decidirán la convocatoria a audiencia de carácter público –según el caso-,la forma de deliberación, y de la sentencia”.

Luego del plenario donde deciden “la doctrina aplicable” ello es comunicado a la Corte Suprema tal y como lo consigna el artículo 104 del Reglamento para la Justicia Nacional. Además deberá ser publicado tanto en la página oficial del Poder Judicial como el Cij.

Según informaron desde la Cámara el acuerdo llegó por “unanimidad” y “tras una amplia deliberación de todos sus miembros” tal y como se realizó meses atrás en ocasión de la firma de la acordada 1/2012 de reglas prácticas para acelerar los juicios de lesa humanidad y causas complejas.

El acuerdo se encuentra rubricado por el presidente de la Cámara de Casación Pedro David y los integrantes Raúl Madueño; Gustavo Hornos, Liliana Catucci; Eduardo Riggi; Alejandro Slokar; Mariano Borinsky; Ana María Figueroa; Juan Carlos Gemignani; Ángela Ester Ledesma y Luis María Cabral.

 



dju

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