20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Un fallo contra la discriminación

La prostitución no degrada

La Justicia cordobesa ordenó el nuevo juzgamiento de un hombre que había sido absuelto y estaba acusado de abusar sexualmente de una menor que ejercía la prostitución. La Corte provincial sostuvo que “el oficio de la víctima no importa per se un descrédito de sus dichos”, ni “la aceptación de la realización de actos sexuales que impliquen acciones degradantes o violentas”.

 

El Tribunal Superior de Justicia de la provincia Córdoba dispuso que se juzgue nuevamente a un hombre acusado de cometer un abuso sexual gravemente ultrajante contra una joven, menor de edad de 17 años, que ejercía la prostitución. El imputado había sido absuelto por el beneficio de la duda. El nuevo juicio oral estará a cargo de la Cámara del Crimen de la ciudad de Bell Ville.

Las juezas Aída Tarditti, María Esther Cafure de Battistelli y María de las Mercedes Blanc de Arabel aseveraron que “el oficio desempeñado por la víctima no importa per se un descrédito de sus dichos, ni tampoco la aceptación de la realización de actos sexuales que impliquen acciones degradantes o violentas sobre ella”.

Además, las vocales destacaron que según las reglas de la experiencia, “las mujeres que se dedican a este tipo de oficio es muy raro que acudan a la policía a denunciar un hecho, porque precisamente son perseguidas por esta fuerza o no le dan crédito a sus dichos”. De hecho, “los uniformados fueron quienes ahuyentaron –a la víctima y a su madre- ante el aviso de los vecinos”, agregaron.

El acusado, Mario Murra, había sido absuelto, por mayoría, por la Cámara Criminal y Correccional de San Francisco –en abril de 2011- por el beneficio de la duda. En esa oportunidad, el tribunal que juzgó al imputado le otorgó mayor credibilidad a su testimonio y descartó el de víctima, pues entendió que la joven efectivamente había acordado mantener relaciones sexuales por dinero y que el hombre supo que era menor de edad luego del coito.

No obstante, esa sentencia fue impugnada por el Fiscal de Cámara Víctor Pezzano y la causa fue nuevamente revisada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia cordobés. El funcionario recurrente denunció la omisión de análisis de pruebas relevantes a la hora de absolver al acusado que demostraban la falta de consentimiento de la víctima.

De modo puntual, la Corte cordobesa señaló que “la oposición o negativa de la víctima impone al victimario el cese de su conducta, aún cuando hubiera abonado un precio por el servicio sexual”, pues “lo contrario traería aparejada una discriminación entre quien ejerce la prostitución y las otras mujeres”.

“Tratándose de una víctima de abusos sexuales –menor de 18 años- y revistiendo además la condición de mujer –cuando la violencia ejercida sobre ella lo fue en razón de su género-, se encuentra doblemente protegida por el Estado por pertenecer al colectivo de personas que cuentan con esta doble protección especial”, puntualizaron las vocales del Máximo Tribunal.

Además, el Máximo Tribunal local indicó que la Cámara de San Francisco, al absolver al acusado, había omitido valorar pruebas de carácter dirimente y destacó que “no resulta sustentable la versión del imputado, en cuanto niega toda situación de violencia y manifiesta un arrepentimiento de accederla cuando pudo comprobar que era menor de edad”.

“La declaración del imputado no se encuentra ponderada a la luz de las probanzas” remarcaron las juezas provinciales y agregaron que sus dichos constituían “una argumentación mentirosa tendiente a eximirse de responsabilidad”.

En consecuencia, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba admitió el recurso de casación interpuesto por el Fiscal Pezzano y anuló la sentencia de la Cámara de San Francisco. Además, reenvió las actuaciones a la Cámara del Crimen de Bell Ville para que se analice un conjunto de indicios que fueron omitidos y se juzgue de nuevo al acusado.



dju

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