17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024
Denuncia ante el Consejo de la Magistratura de la Nación

Abortó un aborto y se le vino la noche

La diputada nacional y ex consejera, Diana Conti, presentó una denuncia contra Myriam Rustan de Estrada, la magistrada que suspendió un aborto no punible a una mujer víctima de trata y violada. También denunciaron penalmente al jefe de Gobierno porteño por "haber publicitado" la realización de dicho aborto.

 

La diputada y ex consejera, Diana Conti, presentará ante el Consejo de la Magistratura una denuncia contra la titular del juzgado 106, Myriam Rustan de Estrada, por mal desempeño en sus funciones.

La jueza dicto el pasado martes una medida cautelar en la que impidió la realización de un aborto no punible a una mujer que fue víctima del delito de trata de personas y obligada a ejercer la prostitución, y que por ello quedó embarazada.

Tal y como detalla la denuncia presentada ante el Consejo de la Magistratura, a la que tuvo acceso DiarioJudicial.com, la diputada pidió juicio por grave negligencia en el ejercicio de su cargo, y por lo tanto, mal desempeño.

“No solo la magistrada se aparta del derecho aplicable al caso, por tratarse de un aborto no punible, sino que resulta de total mal desempeño, no haber escuchado a la mujer embarazada”, sostuvo Conti. Al tiempo que explicó que “el derecho y su aplicación por parte de los jueces tienen como objetivo la resolución de casos concretos, y para ello es ineludible conocer las circunstancias y protagonistas, en este caso, la mujer que, amparada por el código penal, quiere abortar”.

Las causas por las cuales se la denuncia a la magistrada son que "ha fallado basada en sus propias subjetividades impregnadas de sus prejuicios, sin basamento en el derecho, sin conocimiento de los hechos, dejando de lado la objetividad e imparcialidad que deben conservar los jueces, poniendo en riesgo la integridad psico-física de la víctima, incrementado su victimización y la violencia institucional contra ella y, privándola del resguardo de sus derechos constitucionales y de la garantía de un proceso judicial imparcial al que la mujer se vio arrastrada", resume la denuncia.

Por ejemplo, la denuncia detalla que "la arbitrariedad gravísima" atribuida a la jueza  "se materializa expresamente en la falta de conocimiento total de la identidad de la víctima, la ausencia de inmediación con ella, la falta de conocimiento de los antecedentes del caso, del contexto, de las circunstancias y protagonistas, etc", consigna Conti.

Por otra parte la mujer de 32 años de edad a la que la jueza civil le impidió someterse a un aborto no punible apeló este miércoles la medida y ahora la decisión se encuentra en manos de la Cámara.

Asimismo, el titular del juzgado Civil N° 56 Miguel Ricardo Guiraldes, quien había recibido el expediente remitido por Rustán de Estrada, rechazó la competencia y se lo devolvió a la jueza que ya había intervenido y dictado la medida cautelar. Por lo que será la Cámara la que también deberá decidir quién continua con el trámite del expediente.

Hasta el cierre de esta edición la prohibición del aborto dictada por Rustán de Estrada sólo había sido apelada por la paciente y no hubo recurso alguno ingresado por parte del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

El caso trajo mucha controversia puesto que el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, anunció con “bombos y platillos” la realización del aborto no punible, algo que hoy es muy criticado. Incluso legisladores presentaron este miércoles una denuncia penal contra el jefe de gobierno que quedó radicada en el Juzgado Correccional N° 12.

“Queda en evidencia que las declaraciones públicas del Jefe de Gobierno sirvieron para que personas ajenas y sin injerencia en los derechos a la salud de la mujer invocada presentaran, en distintos fueros judiciales, medidas tendientes a impedir la realización del aborto no punible”, sostiene la denuncia presentada, entre otros, por los legisladores Gabriela Cerruti, Gabriela Alegre y Jorge Selser.

“La información divulgada por el Jefe de Gobierno constituye datos de carácter sensible que deben ser reservados en virtud de las normas locales”, y que “no debieron trascender el ámbito íntimo de la relación médico-paciente, llegando a oídos del Ingeniero Macri. Mucho menos debieron ser vertidas públicamente luego, por éste”. Denunciaron al Jefe de Gobierno por violar la ley 153 de Salud Básica de la Ciudad de Buenos Aires, y de la ley 1845 de Protección de Datos Personales.

 



dju

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